MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

JUGUETERÍA ÁLVARO GUZMÁN PARROCHIA E.I.R.L.

RUT 76782394-0 CVE 1859359
Capital
$300.000 CLP
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2020
Notario
Alejandro Américo Alvarez Barrera
Oficio
41 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$300.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley N° 19.857

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) El comercio al por menor de juguetes; b) La planificación de fiestas y recepciones; c) Las actividades postales y de correo; y d) La venta al por menor de artículos de perfumería, de tocador y cosméticos en comercios especializados

Administración

La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los administradores ser o no

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, ÁLVARO TOMÁS GUZMÁN PARROCHIA, chileno, soltero, 31 años de edad, C.I. N° 16.941.756-3, domiciliado en Los Araucanos Nº2.675, comuna de Providencia, Región Metropolitana; transformó conforme artículo 14° Ley N° 19.857 a “JUGUETERÍA ÁLVARO GUZMÁN PARROCHIA E.I.R.L.”, RUT N° 76.782.394-0, inscrita a fojas 75.408; N° 36.186 Re gistro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020; en una sociedad por acciones, la que pasará a denominarse “PÁSALO CHANCHO SpA”, la cual estará regida por el Título VII del Libro II del Código de Comercio, y en especial por los siguientes estatutos que se extractan: NOMBRE: El nombre será “PÁSALO CHANCHO SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) El comercio al por menor de juguetes; b) La planificación de fiestas y recepciones; c) Las actividades postales y de correo; y d) La venta al por menor de artículos de perfumería, de tocador y cosméticos en comercios especializados. ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los administradores ser o no accionistas. CAPITAL: El capital es de $300.000.- dividido en 3.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha, con cargo a aportes anteriores. De esta forma las acciones en que se divide el capital se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 noviembre 2020.-