Empresa de Servicios Melipilla S.A.
Instrumento
- Fecha
- 2 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 6412-2020
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
- Domicilio
- Valeria Ronchera Flores
Sociedad
- Capital
- $1.310.368.464 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, abogado, notario público suplente de Valeria Ronchera Flores, Titular de la Décima Notario Santiago, con domicilio en calle Agustinas N° 1235, Local dos, piso uno y dos, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 02 de noviembre de 2020, Repertorio N°6412-2020 ante mí, se redujo escritura pública, de Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de "Empresa De Servicios Melipilla S.A.”, celebrada con fecha 27 de octubre de 2020, en la que acordaron: (a) Fusionar la Sociedad “Empresa de Servicios Melipilla S.A.” con “Comercializadora y Arrendadora de Equipos S.A." y “Sociedad Clínica Maitenes Limitada”, esta última absorbiendo a las primeras, adquiriendo todos sus activos y pasivos y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, con efecto y vigencia desde el 02 de noviembre de 2020, siendo “Sociedad Clínica Maitenes Limitada”, la continuadora legal de las sociedades absorbidas y que quedarán disueltas: “Empresa de Servicios Melipilla S.A.” y “Comercializadora y Arrendadora De Equipos S.A."; (b) La fusión se aprueba considerando los valores que aparecen en los antecedentes que se mencionan en Balances Generales de las sociedades “Empresa de Servicios Melipilla S.A.” y “Comercializadora y Arrendadora De Equipos S.A." al 30 de junio de 2020 y Balance General de “Sociedad Clínica Maitenes Limitada” como continuadora a dicha fecha; (c) Para el cumplimiento y materialización, se aprueba el aumento de capital social que deberá efectuar “Sociedad Clínica Maitenes Limitada” a $1.310.368.464. –, íntegramente suscrito y pagado con el capital de “Empresa de Servicios Melipilla S.A.” y “Comercializadora y Arrendadora De Equipos S.A."; (d) Se aprueba la modificación y reemplazo del artículo quinto permanente del pacto social de “Sociedad Clínica Maitenes Limitada”, que será la continuadora; (e) con motivo de la fusión acordada, se ha producido la disolución anticipada de "Empresa de Servicios Melipilla S.A.”, inscrita a fojas 34.952 N°28.226 del Registro de Comercio de Santiago del año 2002, sin necesidad se liquidación; (f) conforme con lo previsto en el artículo 69 del Código Tributario, “Sociedad Clínica Maitenes Limitada” se hará solidariamente responsable de pagar todos los impuestos que adeude o llegare a adeudar "Empresa de Servicios Melipilla S.A.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de noviembre de 2020.