CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE TRANSPORTES VIDA DEL SUR SpA

CVE 1858106
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2020
Notaría
Ñuñoa
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2020
Notario
JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS
Oficio
Primera Notaría de Ñuñoa
Comuna
Ñuñoa

Sociedad

Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: El servicio de transporte de pasajeros y turismo, servicio de encargo y encomiendas, en vehículos propios o ajenos, en territorio nacional, rural o urbano, interprovincial o internacional con recorrido regular o irregular, traslado privado de pasajeros, personal o ejecutivos para empresa, el transporte terrestre de escolares, turismo, taxis, transporte urbano, suburbano, interurbano, locomoción colectiva urbana e interurbana, ya sea individual o de forma colectiva. La prestación de servicios y la explotación de vehículos destinados al transporte y servicios de cargas, fletes, sean éstas; dimensionadas o sobredimensionadas, prestaciones de servicios, por cuenta propia y)o ajena, dentro del territorio nacional y)o del extranjero, en vehículos propios, o tomados en arrendamiento, comodato o en leasing, en convenio con instituciones sean públicas o privadas, ya sea en vehículos especiales u ordinarios; la prestación de todo tipo de servicios turísticos, gestión y& #8195;realización de tours, giras, expediciones, excursiones y)o viajes, la explotación de todo tipo de complejos turísticos, centros de recreación, en inmuebles propios o ajenos, y en definitiva todo lo relacionado con dichas actividades o derivadas de las mismas, asimismo el desarrollar servicios de transporte complementarios, cualquiera sea su modo, incluyendo todas las actividades conexas necesarias para el debido cumplimiento de esta finalidad y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, que en la actualidad o en el futuro los constituyentes decidan emprender, tomando la anterior enunciación solo como referencia y en ningún caso taxativamente

Administración

La Sociedad será administrada por doña ROSSANA DEL CARMEN PAREDES MOLINA, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos sesenta y siete mil quinientos treinta y siete guion cinco. Para todos los efectos, tendrán todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública.- Demás atribuciones y estipulaciones constan en escritura extractada.- SANTIAGO, 25 de NOVIEMBRE de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, Notario Público, Titular de la Primera Notaría de Ñuñoa, con oficio en Avenida Irarrazabal mil setecientos cuarenta y cinco, Local B, Certifico: Por escritura pública de fecha 25 de Noviembre del año 2020, suscrita ante mí, ROSSANA DEL CARMEN PAREDES MOLINA, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos sesenta y siete mil quinientos treinta y siete guion cinco, chilena, domiciliada para todos los efectos en Calle La Concepción ochenta y uno Oficina novecientos tres, comuna de Providencia, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones cuyos estatutos son los siguientes: NOMBRE: El nombre o razón social de la sociedad por acciones es “SOCIEDAD DE TRANSPORTES VIDA DEL SUR SpA”, sin perjuicio que pueda utilizar el nombre de fantasía “SOCIEDAD DE TRANSPORTES VIDA SpA”. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de otras sucursales.- DURACIÓN: su duración será indefinida.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: El servicio de transporte de pasajeros y turismo, servicio de encargo y encomiendas, en vehículos propios o ajenos, en territorio nacional, rural o urbano, interprovincial o internacional con recorrido regular o irregular, traslado privado de pasajeros, personal o ejecutivos para empresa, el transporte terrestre de escolares, turismo, taxis, transporte urbano, suburbano, interurbano, locomoción colectiva urbana e interurbana, ya sea individual o de forma colectiva. La prestación de servicios y la explotación de vehículos destinados al transporte y servicios de cargas, fletes, sean éstas; dimensionadas o sobredimensionadas, prestaciones de servicios, por cuenta propia y/o ajena, dentro del territorio nacional y/o del extranjero, en vehículos propios, o tomados en arrendamiento, comodato o en leasing, en convenio con instituciones sean públicas o privadas, ya sea en vehículos especiales u ordinarios; la prestación de todo tipo de servicios turísticos, gestión y& #8195;realización de tours, giras, expediciones, excursiones y/o viajes, la explotación de todo tipo de complejos turísticos, centros de recreación, en inmuebles propios o ajenos, y en definitiva todo lo relacionado con dichas actividades o derivadas de las mismas, asimismo el desarrollar servicios de transporte complementarios, cualquiera sea su modo, incluyendo todas las actividades conexas necesarias para el debido cumplimiento de esta finalidad y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, que en la actualidad o en el futuro los constituyentes decidan emprender, tomando la anterior enunciación solo como referencia y en ningún caso taxativamente- CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad será la cantidad de setenta y cinco millones de pesos, dividido y representado en cien acciones ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal. El capital de la sociedad queda completamente pagado desde la fecha de la constitución de la sociedad. -ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada por doña ROSSANA DEL CARMEN PAREDES MOLINA, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos sesenta y siete mil quinientos treinta y siete guion cinco. Para todos los efectos, tendrán todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública.- Demás atribuciones y estipulaciones constan en escritura extractada.- SANTIAGO, 25 de NOVIEMBRE de 2020.-