CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LA MONTAÑA LIMITADA

CVE 1858260
Capital
$420.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de octubre de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de octubre de 2020
Repertorio
11327-2020
Notario
OLAYA FERRADA GARRIDO
Domicilio
Titular RAMON GARCIA CARRASCO

Sociedad

Capital
$420.000.000 CLP
Domicilio
Concepción
Duración
5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, a menos que uno o más de los socios exprese su voluntad de ponerle término en la forma estipulada en escritura extractada

Objeto social

La inversión, explotación y ejecución de toda clase de negocios mobiliarios o inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, arrendar y explotar bienes muebles e inmuebles, en cualquier forma y a cualquier título, y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores

Administración

La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don CLAUDIO CRISTIAN CARRASCO ZUNINO, quien anteponiendo la razón social a su firma podrá actuar en representación de la sociedad con amplias facultades señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Público Suplente del Titular RAMON GARCIA CARRASCO, Concepción, Rengo 444, certifico: Por escritura pública de fecha 26.10.2020, Repertorio N°11327-2020 ante mí, don CLAUDIO CRISTIAN CARRASCO ZUNINO, con domicilio en Avenida Ramón Carrasco N°99, Concepción; doña MARCELA ANDREA SCHNEEBERGER LOZANO, domiciliada en Avenida Andalué 1810, departamento 11, San Pedro de la Paz ; y don CLAUDIO VICENTE CARRASCO SCHNEEBERGER, domiciliado en Avenida Andalué 1810, departamento 11, San Pedro de la Paz, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- Razón social: INVERSIONES LA MONTAÑA LIMITADA, nombre de fantasía “LA MONTAÑA LTDA. - Objeto: La inversión, explotación y ejecución de toda clase de negocios mobiliarios o inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, arrendar y explotar bienes muebles e inmuebles, en cualquier forma y a cualquier título, y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.- Capital: $420.000.000, don CLAUDIO CRISTIAN CARRASCO ZUNINO aporta la suma de $388.500.000 que entera transfiriendo a la sociedad el dominio de los siguientes inmuebles a título de aporte, como especie o cuerpo cierto: Uno) Inmueble ubicado en la comuna de Talcahuano, Departamento trescientos cincuenta y dos, del Edificio Tres, Unidad Ochenta y dos del “Condominio de Edificios Los Jardines de Brisa” incluyendo el derecho de uso y goce exclusivo del Estacionamiento número sesenta del referido Condominio, el Departamento fue valorizado de común acuerdo en la suma de $29.000.000; Dos) Unidad tres, con dirección Avenida Ramón Carrasco número trescientos cuarenta y cinco, casa tres, del Condominio Aire Mediterráneo, valorizado de común acuerdo en la suma de $124.500.000; Tres) Nuda Propiedad del predio agrícola que corresponde a la Hijuela o Parcela número dieciséis de la “Colonia Los Mayos”, ubicada en la comuna de Santa Bárbara, incluyendo los derechos de agua que a cualquier título le corresponden al aportante y que benefician al referido predio, valorizado de común acuerdo en la suma de $235.000.000; doña MARCELA ANDREA SCHNEEBERGER LOZANO aporta en dominio la suma de $21.000.000, los cuales pagó en el acto, al contado y en dinero efectivo ingresados en caja social; y don CLAUDIO VICENTE CARRASCO SCHNEEBERGER, aporta en dominio la suma de $10.500.000, los cuales pagó en el acto, al contado y en dinero efectivo ingresados en caja social.- Los socios limitaron su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don CLAUDIO CRISTIAN CARRASCO ZUNINO, quien anteponiendo la razón social a su firma podrá actuar en representación de la sociedad con amplias facultades señaladas en escritura extractada.- Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, a menos que uno o más de los socios exprese su voluntad de ponerle término en la forma estipulada en escritura extractada.- Domicilio: Concepción, sin perjuicio de las sucursales que la sociedad decida abrir en otras ciudades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, Noviembre 23 del año 2020.-