CONSTRUCCIÓN, ASESORÍAS Y GESTIÓN DE PROYECTOS DOMOREC SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2020
- Notario
- FRANCISCA SALAS MEDINA
- Oficio
- Titular 2ª Notaría de Rancagua don Jaime Bernales Valenzuela
- Comuna
- Rancagua don Jaime Bernales Valenzuela
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Público, Suplente del Titular 2ª Notaría de Rancagua don Jaime Bernales Valenzuela, con oficio en C.S. Bueras 359, Of. 102. Certifica: Por escritura pública, de fecha 25 de NOVIEMBRE 2020, ante mi, Repertorio Nº:5317-2020, ARIEL ESTEBAN ARANEDA VENEGAS, chileno, casado, ingeniero de ejecución en administración, cédula nacional de identidad número 9.812.279-k, domiciliado en calle Paulonias número 27, villa Instituto Inglés, comuna de Machalí; modifica sociedad por acciones denominada “CONSTRUCCIÓN, ASESORÍAS Y GESTIÓN DE PROYECTOS DOMOREC SpA” con nombre de fantasía “DOMOREC”, constituida por instrumento privado protocolizado con fecha 14-03-2014, en la Notaria de Santiago de don Humberto Santelices Narducci, su capital estatutario es $1.000.000 dividido en 1000 acciones, con rol único tributario 76.332.887-2; extracto se encuentra inscrito a fojas 297, número 267, en el Registro de Comercio de Rancagua correspondiente al año 2014 y publicado en D.O. número 40809 con fecha 17/03/2014. Todas las acciones, que en total corresponden a 1000 acciones, nominativas, de un mismo valor cada una, una misma serie y sin valor nominal, se encuentran totalmente suscritas y pagadas. De esta forma se encuentran presentes y representadas la totalidad de las 1000 acciones, que representan el 100% de las acciones emitidas de la sociedad. Modificación: Actual accionista modifica los estatutos sociales siguientes términos: A) CAPITAL: Se aumenta el capital social de $1.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a $1.500.000, dividido en 1500 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El aumento de capital, que alcanza la suma de $500.000, es aportado por el accionista constituyente, en dinero efectivo y que ingresa en este acto en arcas sociales. B) Asimismo, se modifica el giro u objeto social, el que a contar de esta fecha, se amplía incorporando las siguientes nuevas actividades: AMPLIACION GIRO: A continuación de la letra “g)” de los estatutos originales de la sociedad, se agrega: h) Bar. Restaurante. Food Truck. Centro de eventos y banquetes: Construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, carros de arrastre, Food Truck, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, y distribución de toda clase de panes, queques, galletas, sandwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones, empanadas, hot dog, papas fritas y toda suerte de masas, dulces o saladas para ser consumidas en el mismo local o para llevar y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; i) Heladería: compra y venta, por mayor y al detalle, de helados de toda especie, de jugos, bebidas, refrescos, cafés y tés, cremas, tortas, yogures y toda clase de postres, pasteles y dulces, helados o no, refrescos, envasados o no; arrendamiento de frío y venta de todo lo que proceda vender con helados y productos helados; y todo lo que, de cualquiera forma, esté relacionado con alimentos fríos, actuales o futuros; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; j) Alimentación: La producción, elaboración, facción por terceros, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, farináceos, y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso, huevos, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; k) Fuente de Soda: Establecer dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, fuentes de soda y establecimientos similares; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; l) Panadería y Fuentes de Soda: la fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa, importación, exportación y distribución de toda clase de panes, queques, galletas, sandwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones, empanadas y toda suerte de masas, dulces o saladas; helados, jugos de frutas y otros, bebidas analcohólicas y alcohólicas, té, café, chocolate, alimentos fríos o calientes, emparedados fríos y calientes a base de cecinas cocidas, y bebida mote con huesillos Tacos, burritos, fajitas Crepés: Dulces o saladas y toda clase de alimentos actuales o que existan en el futuro, para las personas; Podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 30 de Noviembre de 2020.-