CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA, GANADERA, FORESTAL Y ARIDOS RIO QUILLEM LIMITADA

CVE 1858281
Capital
$500.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de noviembre de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de noviembre de 2020
Notario
MARÍA ANTONIETA SUÁREZ CASTRO
Domicilio
Lautaro

Sociedad

Capital
$500.000.000 CLP
Domicilio
Lautaro
Duración
5 años a contar fecha escritura social, renovables en la forma que señalan

Objeto social

El objeto de la sociedad es la explotación agrícola, ganadera, forestal y áridos, en cualquiera de sus formas, de predios rústicos, propios, dados o tomados en arriendo; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos, forestales, o agroindustriales, la prestación de servicios agrícolas, ganaderos, forestales y la extracción, producción y comercialización de áridos y productos aglomerados, chancado de áridos y prestación de servicios en los mismos, construcción y reparación de caminos, servicios de movimiento de tierra, estabilización y demás obras viales y de urbanización; transporte de carga en vehículos propios o arrendados; y toda otra actividad que acuerden los socios, conexa o relacionada con lo anterior

Administración

Corresponde a Diego Adolfo Gutiérrez jara y a Paulino Enrique Gutiérrez Schweitzer, de manera conjunta con facultades señaladas escritura social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA ANTONIETA SUÁREZ CASTRO, Notario Público Lautaro, Matta 962, certifica: Que por escritura pública hoy ante mí, DIEGO ADOLFO GUTIERREZ JARA, domiciliado en Manuel Rodríguez 1015 de Lautaro, y PAULINO GUTIERREZ SCHWEITZER, domiciliado en Avenida Los Pablos 2151 departamento 1203 de Temuco, constituyen sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: "AGRICOLA, GANADERA, FORESTAL Y ARIDOS RIO QUILLEM LIMITADA”. Nombre fantasía: “AGRICOLA RIO QUILLEM LTDA.”. Domicilio: Lautaro. Objeto: El objeto de la sociedad es la explotación agrícola, ganadera, forestal y áridos, en cualquiera de sus formas, de predios rústicos, propios, dados o tomados en arriendo; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos, forestales, o agroindustriales, la prestación de servicios agrícolas, ganaderos, forestales y la extracción, producción y comercialización de áridos y productos aglomerados, chancado de áridos y prestación de servicios en los mismos, construcción y reparación de caminos, servicios de movimiento de tierra, estabilización y demás obras viales y de urbanización; transporte de carga en vehículos propios o arrendados; y toda otra actividad que acuerden los socios, conexa o relacionada con lo anterior.- Administración: Corresponde a Diego Adolfo Gutiérrez jara y a Paulino Enrique Gutiérrez Schweitzer, de manera conjunta con facultades señaladas escritura social. Capital Social: $500.000.000, aportados siguiente forma: A) Don DIEGO ADOLFO GUTIERREZ JARA, aporta la suma de doscientos cincuenta millones de pesos de la siguiente forma: Uno) Con la suma de cinco millones de pesos que se aportan en este acto en dinero en efectivo, y que en este acto se ingresan en dinero en efectivo en caja social; y Dos) El saldo de doscientos cuarenta y cinco millones de pesos, será enterado dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de esta escritura, mediante el aporte en dominio de otros bienes de interés social o dinero en efectivo.- B) PAULINO ENRIQUE GUTIERREZ SCHWEITZER, aporta la suma de doscientos cincuenta millones de pesos de la siguiente forma: Uno) Con la suma de cinco millones de pesos que se aportan en este acto en dinero en efectivo, y que en este acto se ingresan en dinero en efectivo en caja social; y Dos) El saldo de doscientos cuarenta y cinco millones de pesos, será enterado dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de esta escritura, mediante el aporte en dominio de otros bienes de interés social o dinero en efectivo.- Socios limitan responsabilidad hasta monto de sus respectivos aportes. Duración: 5 años a contar fecha escritura social, renovables en la forma que señalan. Otras estipulaciones constan en escritura extractada.- Doy Fé. Lautaro, 27 de noviembre de 2020. -