MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES AURORA LIMITADA

RUT 77524850-5 CVE 1857880
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de noviembre de 2020
Repertorio
22851/2020
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de noviembre de 2.020, Repertorio N°22.851/2020, ante mí, los socios de “SOCIEDAD DE INVERSIONES AURORA LIMITADA”, RUT N°77.524.850-5, sociedad inscrita a FS 22.906 N°18.248 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2.000, don CARLOS FELIPE ARAVENA BARRA, ingeniero civil químico, RUT N°9.035.049-8 y doña MARIA MARGARITA PEÑA MENDOZA, ingeniero en ejecución químico, RUT N°8.330.016-7, ambos con domicilio en Martín de Zamora N°3.371, depto. 902, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; Además, comparecen, doña CLAUDIA ALEJANDRA ARAVENA PEÑA, ingeniero civil electricista, RUT N°18.167.246-3; y doña CAROLINA ANDREA ARAVENA PEÑA, psicóloga, RUT N°17.269.399-7, ambas, con domicilio en Martín de Zamora N°3.371, depto. 902, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Acuerdan modificar la sociedad en la siguiente forma: 1) AUMENTO CAPITAL: Se aumenta el capital social desde la suma de $3.000.000.- a la suma de $417.977.802.- mediante la capitalización de la revalorización del capital social y los resultados acumulados al 31 de diciembre de 2.019, suma que asciende en total a la suma de $414.977.802.-, que corresponde a la suma de $59.159.942.- por revalorización y a la suma de $355.817.860.- por capitalización de utilidades acumuladas. Este aumento de capital se distribuye entre los socios en proporción a su participación social, esto es, en un 50% al socio Carlos Felipe Aravena Barra y en un 50% a la socia María Margarita Peña Mendoza. En consecuencia, se modifica el artículo quinto del Pacto Social relativo al capital, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de $417.977.802.-, que se encuentra totalmente pagado y enterado por los socios en la siguiente proporción: a) Doña MARIA MARGARITA PEÑA MENDOZA, con $208.988.901.- equivalentes al 50% de los derechos sociales; y b) Don CARLOS FELIPE ARAVENA BARRA, con $208.988.901.- equivalentes al 50% de los derechos sociales.” 2) NUEVO AUMENTO CAPITAL: Se aumenta nuevamente el capital social desde la suma de $417.977.802.- a la suma de $464.377.802.-, mediante el aporte de $46.400.000.-, que efectuarán dos nuevas socias que ingresan a la sociedad, Claudia Alejandra Aravena Peña y Carolina Andrea Aravena Peña, aportando cada una la suma de $23.200.000.-. Por lo que se acuerda modificar nuevamente el artículo quinto del Pacto Social relativo al capital, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de $464.377.802.-, del cual, la suma de $462.977.802.- se encuentra pagado y enterado en la caja social, mientras que la suma de $1.400.000.- se pagará en el plazo de un año contado desde la fecha del presente instrumento. El capital ya indicado es aportado por los socios en la siguiente proporción: a) Doña MARIA MARGARITA PEÑA MENDOZA, con $208.988.901.- equivalentes al 45% de los derechos sociales; b) Don CARLOS FELIPE ARAVENA BARRA, con $208.988.901.- equivalentes al 45% de los derechos sociales; c) Doña CLAUDIA ALEJANDRA ARAVENA PEÑA, con $23.200.000.- equivalentes al 5% de los derechos sociales, que paga, con la suma de $22.500.000.- mediante la capitalización de una cuenta por cobrar, por esta misma suma, que mantenía contra la sociedad y con la suma de $700.000.-, que pagará en el plazo de un año contado desde la fecha del presente instrumento; y d) Doña CAROLINA ANDREA ARAVENA PEÑA, con $23.200.000.- equivalentes al 5% de los derechos sociales, que paga, con la suma de $22.500.000.- mediante la capitalización de una cuenta por cobrar, por esta misma suma, que mantenía contra la sociedad y con la suma de $700.000.-, que pagará en el plazo de un año contado desde la fecha del presente instrumento”. La administración, representación y uso de la razón social, se mantiene sin modificaciones. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2020.-