Gabriel Marfán y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de noviembre de 2020
- Notario
- Alberto Ortega Jirón
- Oficio
- Primera Notaría San Fernando
- Comuna
- San Fernando
Sociedad
- Capital
- $120.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlberto Ortega Jirón, Notario Público Primera Notaría San Fernando, calle Chillán 620, San Fernando, Por escritura de hoy ante mí, GABRIEL EDUARDO MARFAN SILVA, calle Argomedo 707, San Fernando; doña MONICA MARFAN FÖRSTER, calle La Hacienda Sur número ciento cuarenta y uno, San Fernando; doña TERESITA MARIA ZAÑARTU BACARREZA, calle Río Sarine N° 5283, comuna Lo Barnechea; don GABRIEL ANDRES MARFAN FÖRSTER, Rio Sarine 5283, Lo Barnechea; y doña ANDREA MARFAN FORSTER, Vilanova N° 600, Dpto 801, Las Condes, Región Metropolitana modifican " Gabriel Marfán y Compañía Limitada", inscrita fojas 4 Nº 5 Registro Comercio 2006 Conservador Bienes Raíces San Fernando, en siguiente forma: a) Gabriel Eduardo Marfán Silva vende, cede y transfiere 10% de los derechos sociales a Andrea Marfán Fôrster, en $19.500.000, pagaderos en plazo dos años a medida que necesidades sociales lo requieran. b) A contar esta fecha socios son Gabriel Eduardo Marfán Silva, Mónica Marfán Förster, Gabriel Andrés Marfán Fôrster y Teresita Maria Zañartu Bacarreza y Andrea Marfán Fôrster, quienes modifican el pacto social, en siguiente forma: 1) Reemplazan cláusula cuarta, por lo que representación de la sociedad, administración y uso de la razón social corresponderá a Gabriel Eduardo Marfán Silva, con amplias facultades, señaladas en escritura extractada. 2) Reemplazan cláusula quinta del pacto social por siguiente: “El capital social es suma $120.000.000, que se entiende que socios han aportado y pagado, en siguientes montos: $72.000.000 Gabriel Eduardo Marfán Silva, $12.000.000 Mónica Marfán Förster, $12.000.000 Gabriel Andrés Marfán Fôrster, $12.000.000 Teresita Maria Zañartu Bacarreza y $12.000.000 Andrea Marfán Fôrster”. 3) Reemplazan cláusula séptima del pacto social, por siguiente: “Uilidades y eventuales pérdidas se repartirán en misma proporción que aporte de capital, esto es, Gabriel Eduardo Marfán Silva, 60%; Mónica Marfán Förster,10%, Gabriel Andrés Marfán Fôrster, 10%, Teresita Maria Zañartu Bacarreza, 10%, y Andrea Marfán Fôrster, 10%”. 4) Reemplazan la cláusula décimo cuarta del pacto social referida al caso de fallecimiento de uno de los socios. Demás estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado sigue vigente pacto social y su modificación. San Fernando, 20 de noviembre de 2020.