SOCIEDAD SPORTNET LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2020
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, Avda. Vitacura 6844 Vitacura, certifico que por escritura de hoy ante mí, don RODRIGO GUILLERMO IBÁÑEZ PONCE, chileno, soltero, profesor, cédula nacional de identidad número 13.469.959-0, domiciliado en Avda. Kennedy 6575 Of. 88 Las Condes, modificó la empresa SOCIEDAD SPORTNET LIMITADA, sociedad del giro de comercialización de artículos deportivos y producción de eventos, Rol Único Tributario número 76.506.920-3, inscrita a fojas 12721, N° 8740 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006, en el siguiente sentido: don RODRIGO GUILLERMO IBÁÑEZ PONCE, en su calidad de único socio de la empresa SOCIEDAD SPORTNET LIMITADA viene en transformarla en una Sociedad Por Acciones cuya razón social es “SOCIEDAD SPORTNET SpA”.- Como consecuencia de la transformación de la SOCIEDAD SPORTNET LIMITADA el compareciente modifica los estatutos de la sociedad en los términos expresados en la cláusula tercera de la escritura extractada las que se dan por expresamente reproducidas.- El CAPITAL de la sociedad es la suma de $3.000.000.-, dividido en 3.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie. El capital se suscribe y paga en este acto, quedando totalmente suscrito, enterado y pagado.- La ADMINISTRACIÓN y uso de la razón social corresponderá a don RODRIGO GUILLERMO IBÁÑEZ PONCE., con todas las facultades señaladas en la escritura extractada.- El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de sucursales en el Extranjero.- El OBJETO de la sociedad será: a) La elaboración, venta y distribución de vestimenta, maquinarias, artículos y accesorios deportivos; b) La producción y organización de eventos y actividades deportivas, sociales, culturales y recreativas.- La DURACIÓN de la sociedad será indefinida.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de octubre de 2020.