DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES PALDI LIMITADA

RUT 76421340-8 CVE 1857319
Fecha instrumento
30 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2020
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 30/10/2020, REP. N°21.385 – 2020, ante mí: doña PATRICIA SOLEDAD PALACIOS GORNALL, factor de comercio, cédula de identidad para extranjeros N° 8.072.691-0; don GIOVANNI MICHELLE DI CONSTANZO PALACIOS, factor de comercio, cédula nacional de identidad N° 16.371.473-6; y doña GIANINNA NATALI DI CONSTANZO PALACIOS, factor de comercio, cédula nacional de identidad N° 15.844.568-9; todos domiciliados en Condominio Valle del Sol, parcela N° 6, comuna de Calera de Tango, Región Metropolitana de Santiago; acordaron, a partir de la fecha de otorgamiento de la escritura pública objeto de este extracto, la disolución anticipada de la sociedad de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social “SOCIEDAD DE INVERSIONES PALDI LIMITADA”, RUT N° 76.421.340-8, inscrita fs. 42.343 N° 30.182 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2005, efectuando a continuación la liquidación de las operaciones sociales, declarando la inexistencia de operaciones comerciales en curso o pendientes a la fecha, acreedores sociales ni créditos que deban servirse en este proceso de conclusión de la actividad societaria; singularizando y avaluando los bienes que conforman el haber social, constituidos por caja social y dos inmuebles, distribuyendo los valores correspondientes a la caja social y adjudicando los bienes raíces entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes, acordándose, en el caso de los inmuebles, mantener la indivisión sobre ellos en miras a su aprovechamiento o utilización en el futuro bajo el esquema de comunidad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de noviembre de 2020.-