Servicios Deportivos Gimnasios e Inversiones Montezuma Limitada
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2020
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La duración será de tres años renovables, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus sucesivas prorrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con tres meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas; b) la prestación de servicios y asesorías en materias deportivas, en especial, servicios de entrenamiento físico, comercialización de suplementos deportivos, explotación y)o administración de gimnasios o lugares de entrenamiento, a cualquier título, reclutamiento de personal y asesorías financieras y administrativas; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; d) La realización de actividades deportivas y recreativas, para lo cual podrá comprar, dar y tomar en arrendamiento, administrar, establecer y construir campos deportivos, piscinas, gimnasios, campings y demás edificios, instalaciones y anexos necesarios o conducentes a tales fines; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente, y, e)en general cualquier otra actividad que acuerden los socios y que diga relación directa o indirecta con los objetivos anteriores. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Alain Philippe Escarpentier Orlandi y don Nicolas Castillo Gennari, quienes actuando conjuntamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, según pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2020, REP. N°23.546/2020.-, ante mí: don ALAIN PHILIPPE ESCARPENTIER ORLANDI, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos cincuenta y un mil cuarenta y seis mil guión cuatro, domiciliado en Callao tres mil ochocientos sesenta, departamento ciento ochenta y tres, comuna de Las Condes, región Metropolitana; don NICOLAS ARTURO CASTILLO GENNARI, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número dieciocho millones cuatrocientos sesenta y dos mil cuarenta y dos guion uno domiciliado en Los Militares número cuatro mil novecientos quince, departamento doscientos uno, comuna de Las Condes, región Metropolitana, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. NOMBRE: Servicios Deportivos Gimnasios e Inversiones Montezuma Limitada y nombre de fantasía “Montezuma Limitada”; OBJETO: La Sociedad tiene por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas; b) la prestación de servicios y asesorías en materias deportivas, en especial, servicios de entrenamiento físico, comercialización de suplementos deportivos, explotación y/o administración de gimnasios o lugares de entrenamiento, a cualquier título, reclutamiento de personal y asesorías financieras y administrativas; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; d) La realización de actividades deportivas y recreativas, para lo cual podrá comprar, dar y tomar en arrendamiento, administrar, establecer y construir campos deportivos, piscinas, gimnasios, campings y demás edificios, instalaciones y anexos necesarios o conducentes a tales fines; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente, y, e)en general cualquier otra actividad que acuerden los socios y que diga relación directa o indirecta con los objetivos anteriores. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que se pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración será de tres años renovables, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus sucesivas prorrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con tres meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, íntegramente aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: a) Alain Philippe Escarpentier Orlandi, la suma de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, y b) don Nicolas Arturo Castillo Gennari, la suma quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Alain Philippe Escarpentier Orlandi y don Nicolas Castillo Gennari, quienes actuando conjuntamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, según pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de noviembre de 2020.-