MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Punta Blanca S.A

RUT 77905340-7 CVE 1857131
Fecha instrumento
18 de noviembre de 2020

Instrumento

Fecha
18 de noviembre de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGNACIO ZAMORANO ORELLANA, Notario y Archivero judicial Suplente de doña Marcela María Pía Tavolari Oliveros, con domicilio en calle Blanco Nº 648 comuna y ciudad de Valparaíso, certifico que con fecha 19 de noviembre de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 18 de noviembre de 2020 de sociedad Punta Blanca S.A., cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 810 vuelta número 957 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2005, R.U.T. N° 77.905.340-7, celebrada en mi presencia, el día 18 de noviembre de 2020, en la que se acordó modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido; UNO) Reemplazando el artículo Decimo Primero por el siguiente: “Artículo Décimo Primero: La Sociedad será administrada por un Directorio, compuesto de cuatro miembros titulares, cada uno de los cuales tendrá su respectivo suplente, y todos durarán un período de tres años en sus funciones, al término del cual se renovarán totalmente, pudiendo ser reelegidos. Los directores suplentes podrán reemplazar a su respectivo titular en forma definitiva en caso de vacancia y en forma transitoria en caso de ausencia o impedimento temporal de éste. Los directores, sean titulares o suplentes, podrán ser o no accionistas de la Sociedad. La designación en el cargo de director y su aceptación, los requisitos, incompatibilidades, limitaciones e incapacidades para desempeñarlo y las funciones, derechos, obligaciones y responsabilidades del Directorio y de sus miembros, serán los establecidos en la Ley y en el Reglamento de Sociedades Anónimas, sin perjuicio de lo se establezca en estos estatutos.”; DOS) Reemplazando el artículo Vigésimo Noveno por el siguiente: “Artículo Vigésimo Noveno: Las juntas Generales serán ordinarias o extraordinarias y se celebrarán en la ciudad de Viña del Mar o Concón, sin perjuicio que la unanimidad de los accionistas acuerde celebrar la junta en otro lugar. Los accionistas se reunirán en Junta General Ordinaria una vez al año, dentro de los cuatro primeros meses. Si por disposición legal o reglamentaria se dispusiera otra fecha para presentar la declaración anual de impuesto a la renta, la junta podrá celebrarse dentro de los cuatro meses anteriores a la fecha que se hubiere fijado para presentar la mencionada declaración y se someterá a su consideración las siguientes materias: a) la información de la marcha de los negocios sociales y el balance e inventario del año terminado al treinta y uno de diciembre anterior; el informe de los inspectores de cuentas y la distribución de utilidades propuestas por el directorio; b) la elección o revocación del directorio, cuando correspondan, y la designación de los inspectores de cuentas; c) fijación de las remuneraciones que corresponda a los miembros del directorio por cualquier concepto, incluyendo sus gastos de representación; d) todos los demás asuntos y materias que el directorio o los señores accionistas propongan, con excepción de aquellos que de conformidad con estos estatutos deben ser resueltos por Junta General Extraordinaria.”; TRES) Reemplazando el artículo Trigésimo Segundo por el siguiente: “Artículo Trigésimo Segundo: Convocatoria. Corresponde al presidente o a quien haga sus veces, previo acuerdo del directorio, convocar a la Junta Ordinaria de Accionistas dentro de los plazos señalados en el artículo Vigésimo Noveno de estos estatutos: le cabe igualmente convocar a la Junta General Extraordinaria cuando así lo haya acordado la Junta General Ordinaria, cuando lo soliciten accionistas para un objeto determinado, siempre que ellos representen a lo menos el diez por ciento de las acciones emitidas. La convocatoria se efectuará materialmente por medio de un aviso publicado por tres veces en días distintos en el Diario La Estrella de Valparaíso o el Diario Oficial, pudiéndose elegir cualquiera de ellos indistintamente, el que contendrá el anuncio de los accionistas con derecho a participar, la fecha para la realización de la calificación de poderes y, en caso de citarse a Junta General Extraordinaria, la especificación de la materia o asuntos a tratarse. Estos avisos deberán publicarse dentro de los treinta días anteriores a la fecha de celebración de la junta, no pudiendo el primero de ellos publicarse con menos de veinte días de anticipación a la fecha de la junta.”. Demás estipulaciones, incluyendo facultad para requerir y firmar todas las anotaciones e inscripciones que fuesen pertinentes, en escritura extractada. Extracto redactado por el abogado Rodrigo Álvarez Acevedo. Valparaíso, 19 de noviembre del año 2020.