COMERCIAL SEAFOOD SERVICES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 2668
- Notario
- LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO
- Domicilio
- Pucón
- Comuna
- Concepción Ernesto Valenzuela Norambuena
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO, Abogado, Notario Público Titular de Pucón, Oficio General Urrutia Nº283, Oficina 26, Pucón, certifica que: por escritura pública suscrita el 24 de noviembre del año 2020, bajo el Repertorio N°2668, ante mí, señores Rodrigo Fernando Villalobos Tapia, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad N°8.945.537-5, domiciliado en Avenida los Hualles 25, comuna de Pucón y Roberto Eduardo Cáceres Guzmán, chileno, divorciado, administrador de empresas, cédula de Identidad N°8.878.430-8 con domicilio en Huife s, comuna de Pucón; modificaron COMERCIAL SEAFOOD SERVICES LIMITADA, constituida por escritura pública 09 de septiembre de 2014, ante notario de Concepción ERNESTO VALENZUELA NORAMBUENA inscrita a fojas 2152 número 1881 del año 2014 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. El rol único tributario asignado a la sociedad es el número 76.369.771-1, teniendo capital de 20 millones de pesos. Y siguientes modificaciones: modificación de 09 de noviembre de 2016, en Notaría de Concepción Ernesto Valenzuela Norambuena, repertorio 4436-2016, inscrita a fojas 2579 N° 2153 en el Registro de Comercio año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. Modificación actual consiste: Cesión derechos sociales: Rodrigo Fernando Villalobos Tapia, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al cuarenta por ciento del interés social, a don Roberto Eduardo Cáceres Guzmán, quien compra, acepta y adquiere para sí, limitando su responsabilidad al monto de su aporte. Precio cesión de derechos 8 millones de pesos, pagados al contado. Con motivo de cesiones de derecho se retira de la sociedad el cedente Rodrigo Fernando Villalobos Tapia, e incrementa su participación en haber social el cesionario de dichos derechos, don Roberto Eduardo Cáceres Guzmán. En virtud de cesión de derechos sociales quedan como únicos socios: don Alexis Edmundo Arros García con 50% del capital social y don Roberto Eduardo Cáceres Guzmán con 50% del capital social. Socios modifican artículo cuarto del pacto social, por el siguiente nuevo artículo cuarto: El capital de la sociedad es la cantidad de veinte millones de pesos de pesos, que los socios o sus antecesores aportaron de la siguiente forma: a) don Alexis Edmundo Arros García aporta la cantidad de diez millones de pesos correspondientes al cincuenta por ciento del pacto social y b) don Roberto Eduardo Cáceres Guzmán aporta la cantidad de diez millones de pesos correspondientes al cincuenta por ciento del pacto social. En lo no modificado continúan vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Pucón, 24 de noviembre de 2020.