Cantillana Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de marzo de 2014
- Notario
- EDMUNDO ANTONIO FIGUEROA ALVAREZ
- Domicilio
- Portales 102 B Rengo
- Comuna
- Edmundo Antonio
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDMUNDO ANTONIO FIGUEROA ALVAREZ, Notario Público, Portales 102 B Rengo, certifica: Por escritura de hoy ante mí : Don MANUEL GILBERTO CANTILLANA ALTAMIRANO , don MANUEL GILBERTO CANTILLANA CONTRERAS y don SEBASTIÁN JESÚS CANTILLANA CONTRERAS, vienen en modificar constitución de sociedad de responsabilidad limitada “CANTILLANA LIMITADA”, Rut comercial N°76.379.585-3, y con nombre de fantasía “ BETO LTDA”, en Notaría de Edmundo Antonio Figueroa Álvarez con fecha 28 de Marzo de 2014, agregada bajo el numero 654 al Registro de instrumentos públicos de 2014 e inscrita en el Registro de Comercio a fojas 79 vuelta Nº 65 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo del año 2014, publicada en el diario oficial con fecha 22 de Abril de 2014 , en el siguiente tenor: MANUEL GILBERTO CANTILLANA CONTRERAS, vende, cede y transfiere el 5 por ciento que le corresponden de sus derechos sociales, a don SEBASTIÁN JESÚS CANTILLANA CONTRERAS, quien acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $200.000.-( doscientos mil pesos), y don MANUEL GILBERTO CANTILLANA ALTAMIRANO, vende, cede y transfiere el 15 por ciento que le corresponden de sus derechos sociales, a don SEBASTIÁN JESÚS CANTILLANA CONTRERAS, quien acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $1.000.000.-(Un millón De pesos) En consecuencia, a partir de esta fecha, las modificaciones ya señaladas por el presente instrumento a la sociedad “CANTILLANA LIMITADA”, RUT N°76.379.585-3, con domicilio para estos efectos en el en el Arenal Sin número, Comuna de Quinta de Tilcoco, Región Libertador Bernardo O’Higgins, cuyo nombre de fantasía “BETO LTDA” está constituida por los socios don MANUEL GILBERTO CANTILLANA ALTAMIRANO, MANUEL GILBERTO CANTILLANA CONTRERAS Y SEBASTIÁN JESÚS CANTILLANA CONTRERAS, correspondiéndole el 60% y 20 % a los otros dos socios de los derechos sociales respectivamente. El Capital de la sociedad es la suma de $3.000.000. Todas las disposiciones del contrato social no modificados por el presente contrato continuarán vigentes tal cual fueron establecidas en escritura pública de constitución de esta sociedad. Rengo, 10 de noviembre de 2020.