Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2020
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $35.446 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Personas y entidades (5)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JOSÉ TOMÁS CORDERO ECHEVERRÍA | socio | 14471127-0 | — | — | |
| LUIS FELIPE CORDERO ECHEVERRÍA | socio | 13831084-1 | — | — | |
| MARÍA MAGDALENA CORDERO ECHEVERRÍA | socio | 15385199-9 | — | — | |
| FRANCISCA CORDERO ECHEVERRÍA | socio | 16371461-2 | — | — | |
| ROSARIO CORDERO ECHEVERRÍA | socio | 16371462-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, abogado, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública, otorgada con fecha 30.10.2020, ante mí: A) JOSÉ TOMÁS CORDERO ECHEVERRÍA, B) LUIS FELIPE CORDERO ECHEVERRÍA, C) MARÍA MAGDALENA CORDERO ECHEVERRÍA, D) FRANCISCA CORDERO ECHEVERRÍA, y E) ROSARIO CORDERO ECHEVERRÍA; todos los anteriores domiciliados en Gran Vía N°9.760, Vitacura, Santiago; acordaron: I) Dividir INVERSIONES INMOBILIARIAS ALTASUR LIMITADA, constituyendo al efecto “ANDESIA INVESTMENT SpA”, subsistiendo la sociedad dividida, de acuerdo al balance proforma de fecha 30.10.2020. Al efecto, se asigna a la nueva sociedad un patrimonio equivalente a un 0,282%, manteniendo la sociedad continuadora el 99,718% del patrimonio; II) Con motivo de la mencionada división, disminuir el capital de Inversiones Inmobiliarias Altasur Limitada de $35.446.-, a $35.346.-; III) Sustituir íntegramente el artículo cuarto de los estatutos sociales de la sociedad dividida por el siguiente: “CUARTO: El capital social asciende a la suma de $35.346.- que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) Don José Tomás Cordero Echeverría, aporta la suma de $7.069,2, equivalente a un veinte por ciento de los derechos sociales, la que ha pagado con anterioridad a esta fecha; B) Don José Tomás Cordero Echeverría, aporta la suma de $7.069,2, equivalente a un veinte por ciento de los derechos sociales, la que ha pagado con anterioridad a esta fecha; C) Doña María Magdalena Cordero Echeverría, aporta la suma de $7.069,2, equivalentes a un veinte por ciento de los derechos sociales, la que ha pagado con anterioridad a esta fecha; D) Doña Francisca Cordero Echeverría, aporta la suma de $7.069,2, equivalentes a un veinte por ciento de los derechos sociales, la que ha pagado con anterioridad a esta fecha; y E) Doña Rosario Cordero Echeverría, aporta la suma de $7.069,2, equivalentes a un veinte por ciento de los derechos sociales, la que ha pagado con anterioridad a esta fecha.”; y, IV) Aprobar los estatutos sociales de “ANDESIA INVESTMENT SpA”: (A) JOSÉ TOMÁS CORDERO ECHEVERRÍA, CI Nº14.471.127-0; (B) LUIS FELIPE CORDERO ECHEVERRÍA, CI Nº13.831.084-1; (C) MARÍA MAGDALENA CORDERO ECHEVERRÍA, CI Nº15.385.199-9; (D) FRANCISCA CORDERO ECHEVERRÍA, CI Nº16.371.461-2; y, (E) ROSARIO CORDERO ECHEVERRÍA, CI Nº16.371.462-0; todos domiciliados en Gran Vía N°9.760, Vitacura, Santiago, constituyeron sociedad por acciones “ANDESIA INVESTMENT SpA”, con motivo de la división de Inversiones Inmobiliarias Altasur Limitada. Razón Social: “Andesia Investment SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) inversión en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, títulos de crédito, derechos, acciones o efectos de comercio, de cualquier naturaleza que éstos sean, la percepción de sus frutos civiles y la reinversión de los mismos; b) el desarrollo de cualquier actividades relacionada con capitales mobiliarios e intermediación financiera; la participación en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones; c) La prestación de todo tipo de servicios y asesorías legales, financieras, comerciales, de inversión o de administración; d) La compra, venta, comercialización, administración, explotación, importación, exportación, representación e intermediación de toda clase de bienes y servicios; y cualquier otra actividad relativa al comercio, por cuenta propia o ajena; y e) En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los propósitos anteriores. Capital: $100.-, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, ni privilegio alguno, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución con la parte del capital social y del patrimonio de Inversiones Inmobiliarias Altasur Limitada, que se le asigna producto de la división de esta última. Demás estipulaciones en escritura extractada. En todo lo no modificado continúan plenamente vigentes los estatutos sociales de Inversiones Inmobiliarias Altasur Limitada. Santiago, 24 de noviembre de 2020.