Instrumento
- Fecha
- 10 de noviembre de 2017
- Repertorio
- 10602/2020
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES
- Domicilio
- doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: La realización de instalaciones eléctricas, instalación de obras de construcción, venta al por mayor de maquinarias y equipos, venta al por mayor no especializada, venta al por menor de otros productos en comercios no especializados; actividades de consultoría de gestiones y prestación de servicios de ingeniería y actividades conexas a ésta, incluyendo asesorías técnicas, financieras, administrativas y económicas, y todo tipo de asesorías relacionadas con la ingeniería
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, abogado, Notario Público Suplente de doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7MA. Notaria de Santiago, domicilio en calle Agustinas 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, Que por escritura pública de fecha 10/11/2017, repertorio N° 10.602/2020, ante mí, compareció don Raúl Vivar de la Fuente, y don Raimundo Andrés Garcés Ruber, quienes constituyeron sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”. NOMBRE: “SS GREEN POWER SpA”. OBJETO: El objeto de la Sociedad será: La realización de instalaciones eléctricas, instalación de obras de construcción, venta al por mayor de maquinarias y equipos, venta al por mayor no especializada, venta al por menor de otros productos en comercios no especializados; actividades de consultoría de gestiones y prestación de servicios de ingeniería y actividades conexas a ésta, incluyendo asesorías técnicas, financieras, administrativas y económicas, y todo tipo de asesorías relacionadas con la ingeniería. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de un $500.000, dividido en 1.000 acciones, todas nominativas y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma que se indica en escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago 23 de noviembre 2020.