Instrumento
- Fecha
- 23 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 10121/2020
- Notario
- ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
- Oficio
- 48° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, de las siguientes actividades: 1) La enseñanza del idioma inglés, de manera presencial o a través de medios tecnológicos. 2) La prestación de todo tipo de servicios de turismo, incluyendo la organización, promoción y venta de planes turísticos en Chile y el extranjero; y 3) En general, todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario publico titular de la 48° Notaria de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de noviembre de 2020 ante mí, Repertorio N°10.121/2020, JOHN CHARLES HUTCHINGS constituyó sociedad por acciones. NOMBRE: “SANTIAGO EDUCATION SpA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, de las siguientes actividades: 1) La enseñanza del idioma inglés, de manera presencial o a través de medios tecnológicos. 2) La prestación de todo tipo de servicios de turismo, incluyendo la organización, promoción y venta de planes turísticos en Chile y el extranjero; y 3) En general, todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y que acuerden los socios. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. CAPITAL: $1.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en conformidad al artículo primero transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. R. Cifuentes A. Santiago, 24 de noviembre de 2020.