MAQUINARIA Y EXCAVACIONES GLOBAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2018
- Repertorio
- 17104-2018
- Notario
- Alejandro Américo Álvarez Barrera
- Oficio
- Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley Nº19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Américo Álvarez Barrera, Notario público Suplente de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos número 1160, subsuelo, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, Marcelo Fernando Meniconi Brito, en representación de Inversiones Perugia SpA., ambos domiciliados para estos efectos en calle Avenida Providencia 1208, oficina 1603, comuna de Providencia, conforme a lo establecido en la Ley Nº19.499, sanea la escritura pública de constitución de Maquinaria y Excavaciones Global SpA, la cual consta por escritura pública de fecha 31 de mayo del año 2018, otorgada ante el Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, don Félix Jara Cadot, repertorio Nº 17.104-2018, inscrita a fojas 43093 número 22512 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, y publicada en el Diario Oficial el día 15 de junio del año 2018. El vicio consistió en la discordancia entre la razón social dispuesta en el artículo primero de la mencionada escritura, es decir “MAQUINARIA Y EXCAVACIONES GLOBAL SpA”, y la aludida en el resto de las disposiciones de dicha escritura de constitución. Dicho error produjo que en la respectiva inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago se hiciera alusión a “TRANSPORTE Y MAQUINARIA GLOBAL SpA”. Así, se sanea el vicio indicado, disponiendo que cualquier alusión a la errónea razón social, es decir, “TRANSPORTE Y MAQUINARIA GLOBAL SpA”, debió haberse referido a la razón social “MAQUINARIA Y EXCAVACIONES GLOBAL SpA”, asimismo, en el extracto que se publicó en el diario oficial, el que se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, y el que finalmente se protocolizó. Capital $10.000.000.- En todo lo no modificado rige plenamente el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura social extractada. Santiago, 10 de noviembre de 2020.