Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $587.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don Víctor Orlando Espinoza Pierretti, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, contará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2020, ante mí: don Víctor Orlando Espinoza Pierretti, como actual y único accionista, según Registro de Accionistas que he tenido a la vista, de la sociedad “Grupo Siitec SpA”, inscrita a fojas 58.018 número 27.564 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, acordó división y modificación de la sociedad en los siguientes términos: I. División: El actual y único accionista de acuerdo al Registro de Accionistas tenido a la vista de la sociedad “Grupo Siitec SpA” acordó dividir la sociedad, subsistiendo ésta, y dando origen a una nueva sociedad por acciones, que se constituye con motivo de la división. La nueva sociedad por acciones, se denominará “Inversiones Vitorino SpA”.- II. Disminución de Capital: Como consecuencia de la división acordada precedentemente el actual y único accionista de la sociedad “Grupo Siitec SpA” acordó disminuir el capital de la sociedad desde la suma actual ascendente a $587.000.000, en la cantidad de $586.000.000, quedando en definitiva su capital social fijado en la suma única y total de $1.000.000 La parte del capital disminuido en la sociedad objeto de división corresponde al capital asignado a la nueva sociedad que nace producto de dicha división.- III. Modificación de Estatutos Sociales de Grupo Siitec SpA: El actual y único accionista de la sociedad “Grupo Siitec SpA”, acordó fijar un nuevo texto para el Artículo Quinto de su pacto social, relativo al capital de la sociedad, y para el Artículo Segundo Transitorio, relativo a la suscripción y pago del mismo, los cuales quedarán redactados del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital social es la suma única y total de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas por el constituyente con anterioridad a esta fecha, de la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales”; y “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, y de igual valor, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha por el accionista constituyente don Víctor Orlando Espinoza Pierretti, en su condición de Empresario Individual.”.- IV. Estatutos Sociales de Inversiones Vitorino SpA: Como efecto de la división acordada, don Víctor Orlando Espinoza Pierretti, en su calidad de actual y único accionista de la sociedad dividida acordaron constituir una sociedad por acciones, en los siguientes términos: I. Razón Social: “Inversiones Vitorino SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “Vitorino SpA”.- II. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que establezca en otros lugares en el resto del país o en el extranjero.- III. Duración: Indefinida.- IV. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: A) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. C) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. D) La asesoría técnica, comercial, económica, administrativa y financiera en actividades que guarden relación directa o indirecta con el objeto de la sociedad, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto.- V. Capital: El capital social es la suma única y total de $586.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas por el constituyente en este acto, de la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales.- VI. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don Víctor Orlando Espinoza Pierretti, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, contará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. El administrador, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, contara con las facultades enunciadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2020.-