INVERSIONES LISA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2020
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
- Oficio
- Reemplazante de la 10ª Notaria Santiago Valeria Ronchera Flores
- Comuna
- Santiago Valeria Ronchera Flores
Sociedad
- Capital
- $2.822.202.000 CLP
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA ANNA SpA | socio | 76002633-6 | — | — | |
| VERGEL INVERSIONES SpA | socio | 76233556-5 | — | — | |
| FLORESTA INVERSIONES LIMITADA | socio | 76975974-3 | — | — | |
| INVERSIONES Y ASESORÍAS JPC LIMITADA | socio | 77855310-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Notario Público Reemplazante de la 10ª Notaria Santiago Valeria Ronchera Flores, Agustinas 1235, local 2, piso 1 y 2, certifica: Por escritura pública de fecha 30.09.2020, ante la titular Valeria Ronchera Flores, HÉCTOR FERNANDO CONCHA MARAMBIO, C.I. N° 4.436.207-4 en representación de INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA ANNA SpA, RUT N° 76.002.633-6, de VERGEL INVERSIONES SpA, RUT N° 76.233.556-5; y de FLORESTA INVERSIONES LIMITADA, RUT N° 76.975.974-3; todos domiciliados en Pasaje Vía Azul N° 10.130, departamento C-2, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y, JUAN PABLO CONCHA GIRARDI, C.I. N° 9.470.441-3, en representación de INVERSIONES Y ASESORÍAS JPC LIMITADA, RUT N° 77.855.310-4 ambos domiciliados en calle El Arcángel N° 4.990, departamento 304, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “INVERSIONES LISA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 20.06.2014, otorgada en esta misma Notaría, y su extracto inscrito a fojas 45.725 número 28.271 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2014, de la siguiente manera: A) VERGEL INVERSIONES SpA, compró a INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA ANNA SpA el 49,9999645666752% del total de los derechos sociales, en la suma de $1.648.714.217 que nova, extinguiendo la deuda, mediante la suscripción de un pagaré en beneficio de INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA ANNA SpA. B) FLORESTA INVERSIONES LIMITADA, compró a INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA ANNA SpA el 0,0000354333247584687% del total de los derechos sociales, en la suma de $1.168 que paga en el acto al contado y en dinero efectivo. C) VERGEL INVERSIONES SpA, compró a INVERSIONES Y ASESORÍAS JPC LIMITADA el 49,9999645666752% del total de los derechos sociales, en la suma de $1.648.714.217 que nova, extinguiendo la deuda, mediante la suscripción de un pagaré en beneficio de INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA ANNA SpA. D) FLORESTA INVERSIONES LIMITADA, compró a INVERSIONES Y ASESORÍAS JPC LIMITADA el 0,0000354333247584687% del total de los derechos sociales, en la suma de $1.168 que paga en el acto al contado y en dinero efectivo. Modifican Cláusula Quinta del pacto social, que queda como sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $2.822.202.000, que se enteran, aportan y pagan de la siguiente forma: A) VERGEL INVERSIONES SpA, enteró la suma de $2.822.200.000, equivalentes al 99,9999% de los derechos sociales, ya ingresados a la caja social y que la sociedad declara haber recibido a su entera y total satisfacción; y B) FLORESTA INVERSIONES LIMITADA, enteró $2.000, equivalentes al 0,0001% de los derechos sociales, ya ingresado a la caja social y que la sociedad declara haber recibido a su entera satisfacción.”.”En todo lo no modificado por el presente instrumento rigen entre las partes todas las estipulaciones contenidas en los estatutos sociales, en particular lo que se refiere a que la responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2020.