Instrumento
- Fecha
- 23 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 15713-2020
- Notario
- María Patricia Donoso Gomien
- Oficio
- 27. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer oficinas, agencias, sucursales o establecimientos en otras ciudades del país o en el extranjero
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular de la 27. Notaría Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153 en la comuna de Providencia, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de noviembre 2020 Repertorio 15713 - 2020, ante mí, doña Ronja Röder, en representación de ANEMOI I SpA, sociedad domiciliada en calle Orrego Luco 053, Providencia; vino en constituir sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “EÓLICA LLANQUIHUE SpA”.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: 1) El estudio, diseño, construcción, mantención, gestión, desarrollo y explotación de proyectos de energía, especialmente renovables o no convencionales, por cuenta propia o para terceros. 2) En el mercado de comercio mayorista de energía eléctrica desarrollar la producción de energía eléctrica e inyectar dicha producción en el Sistema Eléctrico Nacional. 3) En el ámbito de la comercialización, comprar energía eléctrica para venderla a distribuidoras de energías eléctricas o usuarios finales/clientes libres. 4) Construir, instalar, operar, explotar, mantener y administrar activos de generación, eólicos, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales. 5) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a la incorporación de activos de generación, eólicos, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales. 6) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a proyectos de generación eléctrica de terceros. 7) Operar, explotar, mantener y administrar activos de generación de energía adquiridos a terceros. 8) Comercializar excedentes de energías proveniente de medios de Energías Renovables No Convencionales propios o contratados, para acreditar el cumplimiento de la obligación señalada en el artículo ciento cincuenta bis de la ley veinte mil doscientos cincuenta y siete. 9) Comercializar energía eléctrica y su potencia asociada con otras empresas generadoras. 10) La adquisición, construcción, implementación, operación, mantención y explotación de toda clase de bienes e instalaciones de generación de energía eléctrica. 11) Diseño, desarrollo, gestión y/o ejecución de todo tipo de proyectos de ingeniería, energía, arquitectura u otra especialidad relativas a la generación de electricidad. 12) Adquirir, explotar y transferir concesiones de servicios eléctricos, telecomunicaciones, telefonía, telegrafía, transmisiones de télex y de data y radiocomunicaciones. 13) Construir, instalar, explotar y mantener centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para venderlos a terceros. 14) La construcción de una o más centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para vender la producción a generadoras, distribuidoras o usuarios finales. 15) Prestar asesoría en el mercado mayorista de energía eléctrica. 16) Efectuar toda clase de inversión y celebrar todo tipo de actos y contratos traslaticios o de mera tenencia, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, destinados a su adquisición, explotación, comercialización y administración y que digan relación con cualquiera de los objetos y giros antes referidos. 17) Aumentar o reducir potencia mediante la adquisición o enajenación de activos de generación de cualquier tipo. 18) Realizar todos los actos, y cualquier otra actividad que relacionada o no con los puntos anteriores, decidan los socios efectuar.- Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer oficinas, agencias, sucursales o establecimientos en otras ciudades del país o en el extranjero.- Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, todas nominativas, con derecho a voto, sin valor nominal y de igual valor, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: Anemoi I SpA suscribe 1.000 acciones con la suma de 1.000.000 pesos, moneda corriente nacional, que ingresarán a la caja social y se pagarán en el plazo de tres años contados desde esta fecha.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 24 de noviembre de 2020.