MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL V & L SpA

RUT 77116698-9 CVE 1856417
Fecha instrumento
18 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de noviembre de 2020
Repertorio
4807-2020
Notario
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS
Oficio
22 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Notario Público, Titular de la 22 Notaría de Santiago, Don Carlos 2889, Lc.4, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de Noviembre 2020, Repertorio N°4807-2020, ante mí, doña VALERIA CRISTINA VILLAGRA MONARDES, Av. Lo Marcoleta N°977, Quilicura, como única y actual socia rectificó escritura de Constitución de Sociedad COMERCIAL V & L SpA, de fecha 6 de Enero de 2020, otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Cathalifaud Moroso. Rectificación en el siguiente sentido: Se reemplazan los siguientes Artículos: “TITULO SEGUNDO: CAPITAL Y ACCIONES. Artículo Quinto. El Capital de la sociedad asciende a la suma de tres millones de pesos, dividido en trescientas acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Esta persona jurídica podrá ser titular de sus propias acciones, evento en el cual será considerada accionista, con las limitaciones establecidas en el artículo cuatrocientos treinta y ocho del código de comercio. Dos// Se reemplaza el Título Octavo: DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Artículo Primero Transitorio, quedando como sigue: “El capital de la sociedad ascendente a tres millones de pesos dividido en trescientas acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: doña VALERIA CRISTINA VILLAGRA MONARDES, suscribe y paga en este acto la cantidad de trescientas acciones, a un valor de suscripción de diez mil pesos por acción, lo que determina un valor total de suscripción ascendente a tres millones de pesos. Este aporte se paga en este acto, al contado y en dinero efectivo.”. En todo o demás mantiene vigente escritura que se rectifica. Santiago, 20 de Noviembre de 2020.