CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES ZADORI & VALENCIA LIMITADA

CVE 1855424
Capital
$28.158.626 CLP
Fecha instrumento
17 de noviembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de noviembre de 2020
Notario
RAIMUNDO ESPINOZA WOOD
Oficio
1° Notaría Maipú-Santiago

Sociedad

Capital
$28.158.626 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

inversión en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, todo otro negocio o actividad que los socios acuerden y que diga relación con el

Administración

corresponderá WALTER JOSÉ ZADORI AGUAYO con las facultades del artículo 7º de los estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Notario Público Interino, de la 1° Notaría Maipú-Santiago, con oficio en calle Monumento No. 2079, comuna de Maipú, certifica que por escritura pública de 17-11-2020, ante mí, don WALTER JOSÉ ZADORI AGUAYO, domiciliado en calle Los Halcones Nº 7.428, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, y doña MARINA SOLEDAD VALENCIA RODRIGUEZ, domiciliada en calle El Racimo Nº 456, de la comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “SOCIEDAD DE INVERSIONES ZADORI & VALENCIA LIMITADA”, nombre de fantasía "INVERSIONES ZADORI & VALENCIA LTDA.".- Objeto: inversión en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, todo otro negocio o actividad que los socios acuerden y que diga relación con el objeto social.-Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero.- Duración: Indefinida.- Capital: $28.158.626.- (veintiocho millones ciento cincuenta y ocho mil seiscientos veintiseis pesos), que los socios aportan de la siguiente forma: A) Don WALTER JOSÉ ZADORI AGUAYO, entera la suma de $26.750.695.- (veintiséis millones setecientos cincuenta mil seiscientos noventa y cinco pesos), que equivale al 95% del capital social, mediante el aporte, cesión y transferencia en dominio en ese valor a esta sociedad, del inmueble ubicado en Calle Los Halcones número siete mil cuatrocientos veintiocho, sitio número setecientos ochenta y seis, del Programa Habitacional “Juan Guzmán Cruchaga, Comuna de Pudahuel, inscrita a su nombre a fojas 83.043, número 56.934 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1.994; B) Doña MARINA SOLEDAD VALENCIA RODRIGUEZ, aporta la suma de $1.407.931.- (un millón cuatrocientos siete mil novecientos treinta y un pesos) en dinero efectivo, que deberá enterar en un plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, monto equivalente al 5% del capital social.- Responsabilidad: Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes.- Administración: corresponderá WALTER JOSÉ ZADORI AGUAYO con las facultades del artículo 7º de los estatutos.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. 19 de noviembre 2020.-