Instrumento
- Fecha
- 20 de noviembre de 2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago. III
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de cuidado corporal, gimnasia, mantenimiento y embellecimiento corporal, por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de tratamientos, de baños sauna, Centros de Gimnasia y)o Estética, peluquerías, centros de manicure y pedicura o similares; comprar, vender, importar o producir artículos de belleza; y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. IV
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, Comuna de San Miguel, certifico: Por escritura pública de fecha 20/11/2020, ante mí, compareció don PATRICIO ESTEBAN CASAS FARÍAS, cédula de identidad número 17.766.932-6; Y doña MAGDALENA PAZ INFANTE PEREIRA, cédula de identidad número 18.768.712-8, ambos domiciliados para efectos de escritura extractada en Avenida Cristóbal Colón, número 3993, dpto 21, Las Condes, Región Metropolitana, quienes constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: I. Nombre. El nombre de la sociedad será “ROSEDAL DE PALERMO SpA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía “ROSEDAL SpA” o “CENTRO DE BELLEZA ROSEDAL SpA”, para fines comerciales, financieros y de publicidad. II. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la comuna de Santiago. III. Objeto. El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de cuidado corporal, gimnasia, mantenimiento y embellecimiento corporal, por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de tratamientos, de baños sauna, Centros de Gimnasia y/o Estética, peluquerías, centros de manicure y pedicura o similares; comprar, vender, importar o producir artículos de belleza; y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. IV. Duración. La duración de la sociedad será indefinida. V. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en cinco mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola y misma serie y sin valor nominal. El capital social se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. San Miguel 23 de noviembre de 2020.