CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MOLINO MAQUINERO LONCOMILLA SpA

RUT 9952058-2 CVE 1854651
Capital
$14.000 CLP
Fecha instrumento
20 de noviembre de 2020

Instrumento

Fecha
20 de noviembre de 2020
Notario
Fernando Coloma Amaro
Domicilio
las comunas de San Javier y Villa Alegre

Sociedad

Capital
$14.000 CLP

Administración

La sociedad será administrada por CARLOS RACHID PARRA MONSALVEZ, estando facultado para actuar, en nombre y representación de la sociedad. El o los administradores, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón a su firma, representará a las sociedades con las facultades y poderes descritas en estos estatutos.- Demás antecedentes en Escritura extractada.- San Javier, 24 de Noviembre de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Fernando Coloma Amaro, abogado, Notario Público Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, domiciliado en su oficio de calle Sargento Aldea número 2625, de la comuna de San Javier; certifica que por escritura pública otorgada ante el Notario Suplente don Patricio Muñoz Leyton, con fecha 20 de Noviembre de 2020, repertorio número 1593, don CARLOS RACHID PARRA MONSALVEZ, chileno, casado separado de bienes, profesor, cédula de identidad número 9.952.058-2, domiciliado en Villa Don Martin pasaje los abedules número 1458 comuna de San Javier, Región del Maule, don ALVARO IGNACIO RACHID PARRA GONZALEZ, chileno, soltero, profesión mecánico, cedula nacional de identidad número 19.010.071-5, domiciliada en Villa Don Martin pasaje los Abedules número 1458 de la comuna de San Javier, constituyeron una sociedad por acciones, de carácter comercial que se regirá por los siguientes estatutos y, en lo no previsto por ellos, por las disposiciones pertinentes establecidas en el Código de Comercio y la Ley dieciocho mil cuarenta y seis., cuya razón social será “MOLINO MAQUINERO LONCOMILLA S.p.A.” el nombre de fantasía “M. M. LONCOMILLA S.p.A.". El domicilio social será la ciudad de San Javier, Región del Maule, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración La sociedad empieza a regir con esta fecha y su duración es de DIEZ años prorrogables por el mismo periodo si los socios, no se opusieran a ello. Objeto La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) molienda de trigo: producción de harina, sémola y gránulos; b) molienda de arroz; producción de harina de arroz; c) elaboración de otros productos de molinería d) elaboración de almidones y productos derivados del almidón; e) servicios de molino a máquina f)venta al por menor de alimentos para mascota y animales en general; g) toda clase de actividades relacionadas o no y que acuerden los socios y, en general, ejecutar actos comerciales de este giro y cualquier otro que los socios acuerden, en que podrá celebrar y ejecutar toda clase actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos sean conducentes mejor cumplimiento fines sociales o que socios acordares. Capital El capital social es la suma de catorce millones de pesos ($14.000.000) de pesos, divididos en CIEN acciones nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo primero transitorio que dispone: El capital social es catorce millones de pesos ($14.000.000), dividido en cien acciones, nominativas, sin valor nominal, suscritas y pagadas conforme a lo siguiente: CARLOS RACHID PARRA MONSALVEZ la suma de $11.200.000 (ONCE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS), suscribe en este OCHENTA acciones de la sociedad, que paga de la siguiente manera: A) la suma de tres millones de pesos,($3.000.000.-) en dinero en efectivo al contado el cual se ingresa a la caja social; B) la suma de ocho millones doscientos mil pesos,($8.200.000.-) dentro del plazo de tres a contar de la fecha de la presente escritura, en dinero en efectivo y don ALVARO IGNACIO RACHID PARRA GONZALEZ, la suma de $2.800.000 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ), suscribiendo al VEINTE acciones de la sociedad, que paga de la siguiente manera: A) la suma de ochocientos mil pesos,($800.000.-) en dinero en efectivo al contado el cual se ingresa a la caja social; B) la suma de dos millones pesos,($2.000.000.-) dentro del plazo de tres a contar de la fecha de la presente escritura, en dinero en efectivo. Administración. La sociedad será administrada por CARLOS RACHID PARRA MONSALVEZ, estando facultado para actuar, en nombre y representación de la sociedad. El o los administradores, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón a su firma, representará a las sociedades con las facultades y poderes descritas en estos estatutos.- Demás antecedentes en Escritura extractada.- San Javier, 24 de Noviembre de 2020.-