CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones La Esperanza Limitada

CVE 1854942
Capital
$297.500.000 CLP
Fecha instrumento
17 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de noviembre de 2020
Notario
Andrés Felipe Rieutord Alvarado
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$297.500.000 CLP
Domicilio
El domicilio social es la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad tendrá una duración de 2 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, si no se manifestare voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento.- VI

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen.- V

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Manuel Gomberoff Schwartstein, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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Andrés Felipe Rieutord Alvarado, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura Pública de fecha 17 de noviembre de 2020, ante mí: don Manuel Gomberoff Schwartstein, doña Julia Cohen Cohen, domiciliados en calle Guillermo Mann 985, Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana. Vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos.- I. Razón social. “INVERSIONES LA ESPERANZA LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo el nombre de fantasía “LA ESPERANAZA LTDA.”.- II. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Manuel Gomberoff Schwartstein, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración.- III. Capital. El capital social es la suma única y total de $297.500.000, los cuales serán pagados de acuerdo a lo estipulado en el artículo segundo transitorio, distribuido en las siguientes cantidades y proporciones: i) don Manuel Gomberoff Schwartstein, con $248.000.000 equivalentes aproximadamente al 83% del capital y los derechos sociales; y, ii) doña Julia Cohen Cohen, con $49.500.000 equivalentes aproximadamente al 17% del capital y los derechos sociales restantes.- IV. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen.- V. Duración. La sociedad tendrá una duración de 2 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, si no se manifestare voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento.- VI. Domicilio. El domicilio social es la ciudad de Santiago sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. Los socios declaran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 19 de noviembre de 2020.