Inversiones La Esperanza Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de noviembre de 2020
- Notario
- Andrés Felipe Rieutord Alvarado
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $297.500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social es la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 2 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, si no se manifestare voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento.- VI
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen.- V
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Manuel Gomberoff Schwartstein, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Felipe Rieutord Alvarado, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura Pública de fecha 17 de noviembre de 2020, ante mí: don Manuel Gomberoff Schwartstein, doña Julia Cohen Cohen, domiciliados en calle Guillermo Mann 985, Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana. Vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos.- I. Razón social. “INVERSIONES LA ESPERANZA LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo el nombre de fantasía “LA ESPERANAZA LTDA.”.- II. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Manuel Gomberoff Schwartstein, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración.- III. Capital. El capital social es la suma única y total de $297.500.000, los cuales serán pagados de acuerdo a lo estipulado en el artículo segundo transitorio, distribuido en las siguientes cantidades y proporciones: i) don Manuel Gomberoff Schwartstein, con $248.000.000 equivalentes aproximadamente al 83% del capital y los derechos sociales; y, ii) doña Julia Cohen Cohen, con $49.500.000 equivalentes aproximadamente al 17% del capital y los derechos sociales restantes.- IV. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen.- V. Duración. La sociedad tendrá una duración de 2 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, si no se manifestare voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento.- VI. Domicilio. El domicilio social es la ciudad de Santiago sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. Los socios declaran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 19 de noviembre de 2020.