MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Blanca SpA

RUT 77197827-4 CVE 1854473
Notaría
Santiago de don Patricio Raby Benavente

Instrumento

Notario
María Virginia Wielandt Covarrubias
Oficio
Titular de la Quinta Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente
Comuna
Santiago de don Patricio Raby Benavente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Virginia Wielandt Covarrubias, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente, con domicilio en calle Gertrudis Echenique N°30, oficina 32, Comuna de Las Condes, certifico que, Uno) Por escritura pública de fecha veintiuno de julio del año dos mil veinte, otorgada en la notaría de don Patricio Raby Benavente, se constituyó la sociedad Inversiones Blanca SpA. Un extracto se inscribió a fojas cuarenta y cuatro mil doscientos treinta y tres número veintiún mil sesenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago y se publicó en el Diario Oficial con fecha veinticinco de julio de dos mil veinte. Dos) por un error involuntario, en la escritura de constitución de Inversiones Blanca SpA. en Artículo Quinto se señaló que el capital de la sociedad es la cantidad de cinco millones de pesos dividido en cinco mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una y que el capital de la sociedad se suscribe y paga de conformidad al artículo Primero Transitorio de los Estatutos. SEGUNDO: SANEAMIENTO. - Atendido lo expuesto en el número dos de la cláusula anterior y de conformidad a lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y el inciso segundo del artículo cuatrocientos veintiocho del Código de comercio, los accionistas de Inversiones Blanca SpA., vienen en este acto y por el presente instrumento, en sanear los vicios formales en que se incurrió en la escritura de constitución de la sociedad Inversiones Blanca SpA., cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago y publicado en el Diario Oficial, señalado en el número dos de la cláusula precedente, en relación al número de acciones en que se dividió el capital de la sociedad, indicándose que sería en la cantidad de cinco mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, debiendo quedar con el siguiente tenor “CLAUSULA QUINTA: El capital de la sociedad es la cantidad de cinco millones de pesos dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una y que el capital de la sociedad se suscribe y paga de conformidad al artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Santiago, 20 de noviembre de 2020.- MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente.