Inversiones Arauco Internacional Limitada
Instrumento
- Fecha
- 5 de noviembre de 2020
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Titular de la 33ª Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N°979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de noviembre de 2020, ante mí, CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. y FORESTAL ARAUCO S.A., ambas con domicilio en Avenida El Golf N°150, piso 14, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad de actuales y únicos socios, modificaron, en materias de administración y representación sociedad y uso razón social, INVERSIONES ARAUCO INTERNACIONAL LIMITADA, inscrita en extracto a fojas 55.346 N°38.499 del Registro Comercio del Conservador Bienes Raíces de Santiago de 2010. La administración y representación sociedad y uso razón social corresponderá a un Directorio compuesto por 8 miembros, todos personas naturales, 7 de los cuales serán designados por socio Celulosa Arauco y Constitución S.A. y 1 por socio Forestal Arauco S.A. Formación, funcionamiento y facultades del Directorio se establecen en escritura extractada. En “Cláusula Tercera” escritura que extracto, Celulosa Arauco y Constitución S.A. expuso que conforme literal “a.Uno” de cláusula “Tercero” del pacto social de Inversiones Arauco Internacional Limitada, viene en remover a los Directores de esta última designados con anterioridad a fecha de escritura que extracto por Celulosa Arauco y Constitución S.A.. Asimismo, como le corresponde designar a 7 directores de Inversiones Arauco Internacional Limitada, nombra como directores de la compañía a Manuel Enrique Bezanilla Urrutia, Matías Domeyko Cassel, Cristián Infante Bilbao, Roberto Angelini Rossi, Jorge Andueza Fouque, Gonzalo Zegers Ruiz-Tagle y Robinson Tajmuch Vásquez. En el mismo sentido, Forestal Arauco S.A., expuso que conforme literal “a.Dos” de cláusula “Tercero” del pacto social de Inversiones Arauco Internacional Limitada, viene en remover al Director de esta última designado por Forestal Arauco S.A con anterioridad a fecha de escritura que extracto. Asimismo, como le corresponde designar a un director de Inversiones Arauco Internacional Limitada, nombra como director de la compañía a Antonio Luque Guerrero. Conforme lo expuesto por socios en “Cláusula Tercera” escritura que extracto, que no forma parte de pacto social de Inversiones Arauco Internacional Limitada, sin perjuicio que se extractará, publicará, inscribirá y anotará junto con las disposiciones pertinentes de escritura que extracto, se entenderán y quedarán cumplidos requisitos de escritura pública y anotación al margen de inscripción social que para la designación de directores de Inversiones Arauco Internacional Limitada se establecen en el literal “b” de la cláusula “Tercero” del pacto social de esta última. En todo lo demás, mantienen su vigencia las estipulaciones del estatuto social, especialmente en cuanto a que la responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas, constan escritura que extracto. Santiago, 10 de noviembre de 2020.