MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRICOLA TADA LIMITADA

RUT 76493314-1 CVE 1853836
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de agosto de 2015
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2015
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

Los Socios acordaron el reemplazo de la cláusula Segunda de los estatutos sociales, relativa a su objeto social, por la siguiente: "SEGUNDO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, Piso 2, Providencia, certifico: Con fecha 10 de Noviembre de 2020, ante mí, don DANIEL ANDRÉS JEREZ FREDERICK, chileno, cirujano dentista, casado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos sesenta y siete mil doscientos cincuenta y siete guión K, domiciliado para estos efectos en Los Militares 5125, departamento 903, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago Región Metropolitana; don SEBASTIÁN ANDRÉS JEREZ FREDERICK, chileno, ingeniero civil, soltero, cédula de identidad número dieciséis millones seiscientos once mil trescientos ochenta y nueve guión K, domiciliado para estos efectos en El Clonqui número 1111, Departamento 504, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; Región Metropolitana y don JORGE RICARDO JEREZ HERRERA, chileno, soltero, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número seis millones quinientos nueve mil novecientos sesenta y siete guión cinco, domiciliado para estos efectos en Carretera General San Martín, Paradero veinticuatro y medio San Vicente de Lo Arcaya, segunda entrada sin salida Parcela 10 guión H, comuna de Colina, Región Metropolitana; en su calidad de únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD AGRICOLA TADA LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2015, otorgada en la Notaria de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas 61.103, número 35.710, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, y se publicó en el Diario Oficial en la edición de fecha lunes 24 de agosto de 2015; han acordado realizar las siguientes modificaciones: I) Cesión de Derechos: Uno) don Daniel Andres Jerez Frederick, con el expreso consentimiento de su Socio, vende, cede y transfiere parte de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al 25% del total del capital social a don Jorge Ricardo Jerez Herrera, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión de $250.000, que se pagan en este acto, en dinero en efectivo. Dos) don Sebastián Andrés Jerez Frederick, con el expreso consentimiento de su Socio, vende, cede y transfiere parte de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al 25% del total del capital social a don Jorge Ricardo Jerez Herrera, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión de los derechos sociales es la suma de $250.000, que se pagan en este acto, en dinero en efectivo. Como consecuencia de la cesión de derechos celebrada, se modificó los estatutos de la Sociedad AGRICOLA TADA LIMITADA, reemplazando el artículo sexto del pacto social, por el siguiente: “SEXTO: Capital. El capital social es la cantidad de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) JORGE RICARDO JEREZ HERRERA, la cantidad de quinientos mil pesos, que corresponde al cincuenta de los derechos sociales, pagados y enterados en la caja social; b) DANIEL ANDRES JEREZ FREDERICK, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, que corresponde al veinticinco por ciento de los derechos sociales, pagados y enterados en la caja social; y, c) SEBASTIÁN ANDRÉS JEREZ FREDERICK, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos que corresponde al veinticinco por ciento de los derechos sociales, pagados y enterados en la caja social”. II) Modificación de la Razón Social: La cual pasará a denominarse "INVERSIONES TADA LIMITADA”. III) Modificación del Objeto Social: Los Socios acordaron el reemplazo de la cláusula Segunda de los estatutos sociales, relativa a su objeto social, por la siguiente: "SEGUNDO: Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; b) La importación, exportación, transformación y comercialización de toda clase de productos agrícolas, ganaderos, forestales, industriales, manufacturados y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; c) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; d) La compra, venta, subdivisión, loteo, arriendo y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyecto inmobiliario; e) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie; f) Cualquier otro objeto que los socios acordaren.” IV) Transformación de Sociedad: Los Socios acordaron la transformación de la sociedad en una sociedad una sociedad por acciones, cuyo nombre será “INVERSIONES TADA SpA”, que se regirá por su estatuto social, y en subsidio, por las disposiciones del párrafo ocho del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio: Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; b) La importación, exportación, transformación y comercialización de toda clase de productos agrícolas, ganaderos, forestales, industriales, manufacturados y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; c) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; d) La compra, venta, subdivisión, loteo, arriendo y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyecto inmobiliario; e) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie; f) Cualquier otro objeto que los accionistas acordaren. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000, representado por 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de Noviembre de 2020.