Instrumento
- Fecha
- 16 de noviembre de 2020
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Domicilio
- Angol
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: UNO) La explotación agrícola y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; DOS) La compra, venta, importación, exportación, transformación y comercialización de productos ganaderos o forestales, especialmente de bosques; TRES) La compra, venta, arrendamiento y la explotación, por cuenta propia o de terceros, en todas sus formas de bienes inmuebles, en especial terrenos, predios de aptitudes ganaderas y)o forestales o silvoagropecuarias en general, principalmente, a través de medios manuales o mecanizados; CUARTO) La comercialización de toda clase de productos o subproductos animales, forestales, vegetales, frutícolas o de cualquier otra naturaleza; CINCO) la prestación de servicios en el ámbito forestal y maderero; y SEIS) Cualquier otro negocio que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos
Administración
La sociedad será administrada por un Gerente, que será una persona natural, designada por la totalidad de los accionistas con derecho a voto, mediante una declaración que deberá constar por escritura pública.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA, facultades en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifica: por escritura fecha 16 de Noviembre de 2020, ante mi, EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA, Chileno, Ingeniero Comercial, soltero, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos sesenta y cinco mil cuarenta y dos guión seis, domiciliado en Temuco, calle La Aguada número setecientos ochenta y cinco, constituyó sociedad por acciones.- NOMBRE SOCIAL: “SERVICIOS FORESTALES FOREC SpA”. DOMICILIO: Angol, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. OBJETO: El objeto de la sociedad será: UNO) La explotación agrícola y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; DOS) La compra, venta, importación, exportación, transformación y comercialización de productos ganaderos o forestales, especialmente de bosques; TRES) La compra, venta, arrendamiento y la explotación, por cuenta propia o de terceros, en todas sus formas de bienes inmuebles, en especial terrenos, predios de aptitudes ganaderas y/o forestales o silvoagropecuarias en general, principalmente, a través de medios manuales o mecanizados; CUARTO) La comercialización de toda clase de productos o subproductos animales, forestales, vegetales, frutícolas o de cualquier otra naturaleza; CINCO) la prestación de servicios en el ámbito forestal y maderero; y SEIS) Cualquier otro negocio que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos.- CAPITAL: DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en DIEZ acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor y sin valor nominal, que se enteran y pagan por don EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA, mediante la suscripción en acto escritura un total de diez acciones y las paga al contado y en dinero efectivo, ingresándolo a la caja social. De esta forma, se tienen totalmente suscritas por parte de don EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA la cantidad de diez acciones y por pagadas en su totalidad, a un precio de un millón de pesos, cada una, equivalentes en total a la cantidad de diez millones de pesos.-ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por un Gerente, que será una persona natural, designada por la totalidad de los accionistas con derecho a voto, mediante una declaración que deberá constar por escritura pública.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a EDUARDO ENRIQUE BENEDICTO CORTES QUEZADA, facultades en escritura extractada. DURACION: La sociedad comenzará a regir a contar fecha escritura extractada, en forma indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 19 de Noviembre de 2020.-