CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INSIGHNET SpA

CVE 1853410
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2020
Repertorio
14982-2020
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésimo Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, en Chile o en el extranjero: (i) Prestación de servicios de consultoría y asesoramiento en materias laborales tales como: reclutamiento, evaluación, selección, contratación, outsourcing y outplacement de personas; (ii) Realización y producción de eventos masivos en territorio nacional e internacional en temáticas inherentes al rubro tecnológico; (iii) Prestación de servicios de consultoría asociados a diagnóstico, clima y comportamiento organizacional; (iv) El desarrollo de tecnologías, software, soluciones tecnológicas, soluciones web, soluciones móviles y cualquier otro tipo de desarrollo tecnológico, diseñado para operar como aplicaciones interactivas en smartphones, tablets y similares para funcionar a través de internet, y toda clase de actividades interactivas relacionadas con todo tipo de interacción social entre las personas; (v) Ofrecer servicios tecnológicos para la comunicación entre las personas; (vi) Prestación de toda clase de servicios de marketing, publicidad, o similares; (vii) La adquisición, enajenación, administración, inversión y explotación de bienes muebles e inmuebles, incluyendo patentes, marcas, licencias, permisos y cualquier otro derecho de propiedad industrial

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153 Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2020, Repertorio Nº 14982-2020 otorgada ante mí: ROBERTO ISAAC ZUÑIGA VALDEBENITO, domiciliado en Diego de Almagro 4765, departamento 313, comuna de Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana; ALEJANDRO IGNACIO GUZMAN ARCE, domiciliado en calle Los Fiordos número 6900, comuna de Peñalolén, Santiago; MATIAS ANDRES APRAIZ SALMERON, domiciliado en Avenida Macul número 3700, departamento 702, torre B, comuna de Macul, Santiago; y , SANTIAGO HUMBERTO MORALES QUILODRAN domiciliado en calle Gorbea número 2510, departamento 414, comuna de Santiago Centro, Santiago, constituyeron una sociedad por acciones bajo el Nombre: INSIGHNET SPA, nombre de fantasía INSIGHNET SPA. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, en Chile o en el extranjero: (i) Prestación de servicios de consultoría y asesoramiento en materias laborales tales como: reclutamiento, evaluación, selección, contratación, outsourcing y outplacement de personas; (ii) Realización y producción de eventos masivos en territorio nacional e internacional en temáticas inherentes al rubro tecnológico; (iii) Prestación de servicios de consultoría asociados a diagnóstico, clima y comportamiento organizacional; (iv) El desarrollo de tecnologías, software, soluciones tecnológicas, soluciones web, soluciones móviles y cualquier otro tipo de desarrollo tecnológico, diseñado para operar como aplicaciones interactivas en smartphones, tablets y similares para funcionar a través de internet, y toda clase de actividades interactivas relacionadas con todo tipo de interacción social entre las personas; (v) Ofrecer servicios tecnológicos para la comunicación entre las personas; (vi) Prestación de toda clase de servicios de marketing, publicidad, o similares; (vii) La adquisición, enajenación, administración, inversión y explotación de bienes muebles e inmuebles, incluyendo patentes, marcas, licencias, permisos y cualquier otro derecho de propiedad industrial. Capital: $4.000.000.- dividido en 400.- acciones, nominativas y ordinarias, sin valor nominal que se suscriben y pagan en el acto de contado y en dinero efectivo por el accionista constituyente. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de noviembre de 2020.