ASESORÍAS E INVERSIONES A PULSO SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de noviembre de 2020
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio legal será la ciudad de Santiago de Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña GERALDINE CATALINA FRANCISCA COMPAGNON CARVAJAL
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Comuna de Providencia, Santiago, certifico que ante mí: Por escritura pública de fecha 16/11/2020 doña GERALDINE CATALINA FRANCISCA COMPAGNON CARVAJAL, chilena, especialista en arreglos instrumentales y composición musical, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 13.829.490-0, para estos efectos, en calle Julia Bernstein número noventa y dos, casa E, comuna de La Reina, Región Metropolitana; constituyó una sociedad por acciones: RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social es “ASESORÍAS E INVERSIONES A PULSO SpA”. DOMICILIO: Su domicilio legal será la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el administrador de la Sociedad decida establecer en otros lugares, dentro o fuera del país. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será indefinida. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: (i) La prestación de asesorías en el ámbito musical, tanto en la composición, producción; confesión de arreglos musicales, y en general, la ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados; y (ii) La inversión, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios y/o de derechos sociales; la participación, promoción y desarrollo de actividades inmobiliarias; y, en general, la ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados. Para estos efectos, podrá: /a/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b/ Invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; c) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f/ Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g/ Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h/ Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; y /j/ En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de UN MILLÓN DE PESOS, dividido en CIEN ACCIONES ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y que se paga en la forma en que señala el artículo primero transitorio de estos estatutos ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña GERALDINE CATALINA FRANCISCA COMPAGNON CARVAJAL. Demás estipulaciones en escritura extractada Santiago, a 19 de noviembre de 2020.