Instrumento
- Fecha
- 5 de noviembre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá a don Germán Guerrero Espinoza y a don Rodrigo Ignacio Guerrero Falcón, quienes actuaran separada e indistintamente con las más amplias facultades. Los administradores mencionados, actuando de la forma antes indicada, y anteponiendo su firma a la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 05 de noviembre del año 2020, ante mí: La sociedad Sozhou Investment Limitada, viene en constituir una sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será “Inversiones Trisanpe SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “Trisanpe SpA”.- II. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: /a/ efectuar inversiones en dólares de los Estados Unidos de Norte América, Euro, Yen y en general en cualquier otra moneda extranjera, dentro y fuera del territorio de la República de Chile, sean éstas en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, bonos, pagarés, ADR, cuotas, efectos de comercio, títulos o valores mobiliarios y en acciones, derechos y/o participaciones en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas jurídicas con o sin fines de lucro, cuyas acciones y/o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales. /b/ En el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá comprar, vender, arrendar, prendar, hipotecar, ceder, y realizar cualquier tipo de actos o contratos sobre dichos bienes e inversiones sin limitación alguna, y realizar, en general, cualquier acto o contrato relacionado con el objeto principal, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y c) En general el desarrollo de otras actividades relacionadas o no con el objeto social que los socios acuerden realizar.- III. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero.- IV. Duración. Indefinida.- V. Capital. El capital social es la suma única y total de 5.000 dólares de los Estados Unidos de Norte América, dividido en 5.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, y todas de igual valor, íntegramente suscritas y pagadas por el constituyente en este acto, de la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales.- VI. Administración. El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá a don Germán Guerrero Espinoza y a don Rodrigo Ignacio Guerrero Falcón, quienes actuaran separada e indistintamente con las más amplias facultades. Los administradores mencionados, actuando de la forma antes indicada, y anteponiendo su firma a la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.- Asimismo el administrador contará con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 19 de noviembre de 2020.-