MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Quivolgo Limitada

RUT 77186070-2 CVE 1852771
Fecha instrumento
4 de noviembre de 2020
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
4 de noviembre de 2020
Repertorio
5945/2020
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 4 de noviembre de 2020, ante mí, Repertorio 5945/2020: doña VERÓNICA CRUZ VALDÉS; doña LUISA FERNANDA NOGUERA CRUZ; doña MARÍA IGNACIA LORETO NOGUERA CRUZ; doña MARÍA VERÓNICA NOGUERA CRUZ; y, don PATRICIO RAMÓN NOGUERA CRUZ, todos domiciliados para estos efectos en calle Las Violetas dos mil sesenta, departamento seiscientos tres, comuna de Providencia, Santiago; modificaron la sociedad “Inmobiliaria Quivolgo Limitada” rol único tributario número 77.186.070-2, constituida por escritura pública de fecha diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y tres, otorgada en la Notaría de Talca de don Ignacio Vidal Domínguez, inscrita a fojas cinco vuelta número seis del Registro de Comercio de Constitución del año mil novecientos noventa y tres, en lo siguiente: Doña Verónica Cruz Valdés, cede y transfiere un uno por ciento del total de derechos sociales a cada uno de los señores María Ignacia Loreto, María Verónica y Patricio Ramón, todos Noguera Cruz, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, por el precio de un millón de pesos cada uno.- Como consecuencia de la cesión de derechos, la Sociedad queda integrada por quienes se indican y con las participaciones sociales que se señalan a continuación: a) doña Verónica Cruz Valdés, titular de noventa y seis por ciento del total de los derechos sociales; b) doña Luisa Fernanda Noguera Cruz, con un uno por ciento del total de los derechos sociales; c) doña María Ignacia Loreto Noguera Cruz, con un uno por ciento del total de los derechos sociales; d) doña María Verónica Noguera Cruz, con un uno por ciento del total de los derechos sociales; y, e) don Patricio Ramón Noguera Cruz, con un uno por ciento del total de los derechos sociales. Los actuales únicos socios de la Sociedad modifican el estatuto social, acordando reemplazar los siguientes artículos del estatuto social: i) Reemplazar el artículo tercero estableciendo que la administración y el uso de la razón social corresponderá individualmente a doña Verónica Cruz Valdés, y en caso de qué se encuentre imposibilitada de comparecer por cualquier motivo, lo que no será necesario acreditar, la administración y el uso de la razón social corresponderá, en forma conjunta, a los señores Maria Ignacia Loreto Noguera Cruz, María Verónica Noguera Cruz, Luisa Fernanda Noguera Cruz y don Patricio Ramón Noguera Cruz; ii) El artículo cuarto por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Capital.- El capital de la sociedad es la cantidad de cien millones de pesos, que ha sido pagado y enterado con anterioridad a esta fecha, de la siguiente manera: a) doña Verónica Cruz Valdés, noventa y seis por ciento del capital; b) doña Luisa Fernanda Noguera Cruz, un uno por ciento del capital; c) doña María Ignacia Loreto Noguera Cruz, un uno por ciento del capital; d) doña María Verónica Noguera Cruz, un uno por ciento del capital; y, e) don Patricio Ramón Noguera Cruz, un uno por ciento del capital.” En todo lo no modificado se mantiene vigente el estatuto social, quedando limitada la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Santiago, 4 de noviembre de 2020.-cr