COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS DE FAMILIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 19803/2020
- Notario
- ante doña Paula Andrea Luna Sáez
- Domicilio
- reemplazante de doña María Pilar Gutierrez Rivera
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULA ANDREA LUNA SAEZ, abogada, Notario suplente de María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, Huérfanos 669, Octavo piso, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 06 de Noviembre de 2020, Repertorio 19803/2020, ante mí, Andreas Van Tuil, domiciliado en la comuna de Lo Barnechea, Avenida Raúl Labbé Nº 12.613, oficina 423; María Cristina Román Gómez-Lobo, domiciliada en la Comuna de Vitacura, calle Vía Blanca N° 6941; y Cristián Weiffenbach Ferrer, domiciliado en la comuna de Providencia, calle San Pío X N° 2.460, oficina Nº 1010, en representación de Bycifrut SpA, domiciliada en la comuna de Lo Barnechea, Avenida Raúl Labbé Nº 12.613, oficina 423, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “Comercializadora de Productos de Familia Limitada” o “Maison de Famille Ltda”, constituida por escritura pública de fecha 26 de abril de 2016, ante la notario público doña Valeria Ronchera Flores, cuyo extracto se inscribió a fs. 32.883 N° 18.211 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016 y se publicó en el Diario Oficial de 12 de mayo de 2016. La sociedad se modificó por escritura pública de fecha 2 de octubre de 2020, ante doña Paula Andrea Luna Sáez, notario público reemplazante de doña María Pilar Gutierrez Rivera, cuyo extracto se inscribió a fs. 64.665 N° 30.831 del mismo Registro y Conservador del año 2020, publicado en el Diario Oficial de fecha 9 de octubre de 2020. Modificaciones consisten en el ingreso de la sociedad “Bycifrut SpA”, con el consentimiento de los demás socios y adquiriendo del socio Andreas Van Tuil un tercio de los derechos sociales. Como consecuencia de lo anterior, el capital de la sociedad de $30.000.000 queda distribuido entre los tres socios en un tercio para cada uno de ellos, modificándose los estatutos en la forma indicada. En todo lo no modificado la sociedad se regirá por los estatutos vigentes a la fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de noviembre de 2020.