Instrumento
- Fecha
- 20 de noviembre de 2020
- Notario
- FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- reemplazante del titular de la 15ª Notaría de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes
- Comuna
- Santiago don R
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago. Duración Indefinida. La Administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don ALBERTO ANDRÉS ESPINOZA ITURRA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, Abogado, Notario Público reemplazante del titular de la 15ª Notaría de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, calle Mardoqueo Fernández 193, Providencia. Certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, comparece don ALBERTO ANDRÉS ESPINOZA ITURRA, C.I. 15.562.692-5, y doña CLAUDIA DALILA VILCHES PARADA, C.I. 15.596.940-7, ambos domiciliados para estos efectos en Génova 2016, oficina 11, Providencia, constituyen una sociedad por acciones. Razón Social: “Bunker Inversiones SpA” nombre que se utilizará ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, entidades bancarias y financieras, nacionales y extranjeras. Sin perjuicio de lo anterior, podrá operar con el nombre de fantasía “Bunker Inversiones”. Objeto será: a) la compra y venta de bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangibles, tanto en Chile como en el extranjero; b) Realizar actividades en carácter de comisionista respecto de compras y ventas de bienes de la misma naturaleza, respecto de compradores o vendedores ubicados tanto en Chile como en el exterior; c) la adquisición de todo tipo de bienes con fines exclusivamente rentísticos, en especial la adquisición de bienes inmuebles, en dominio, usufructo fideicomiso o cualquier otra modalidad, su venta, arriendo o permuta, la adquisición de derechos sociales y/o acciones en todo tipo de sociedades, sin importar el objeto social ni naturaleza de las mismas, y de capitales mobiliarios, asumiendo en ellas todas las facultades que le corresponda en su calidad de accionistas, socio o de administrador en su caso y en general, cualquier otra actividad que se relacione directamente con el objeto social y así lo acuerden los socios. d) Efectuar los actos jurídicos, contrataciones y operaciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro societario. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad para contraer obligaciones, adquirir derechos y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y previstos en este estatuto. Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, y que no dará lugar a la obligación de títulos físicos representativos de las acciones, se suscribe y paga por los accionistas de la siguiente forma: ALBERTO ANDRÉS ESPINOZA ITURRA suscribe en este acto 60 acciones, representativas del 60% del capital social, de las que entera y paga en este acto en dinero efectivo, con la suma de $600.000, correspondientes a 60 acciones. CLAUDIA DALILA VILCHES PARADA, suscribe en este acto 40 acciones, representativas del 40% del capital social, de las que entera y paga en este acto en dinero efectivo, la suma de $400.000, correspondientes a 40 acciones. En consecuencia, por este acto quedan suscritas y pagadas 100 acciones representativas del 100 por ciento del capital social. Domicilio: Santiago. Duración Indefinida. La Administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don ALBERTO ANDRÉS ESPINOZA ITURRA.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 20 de noviembre de 2020.