MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA ALTO MIRAMAR LIMITADA

RUT 77276840-0 CVE 1852537
Capital
$917.558 CLP
Fecha instrumento
19 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de noviembre de 2020
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$917.558 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Cinco años desde fecha escritura extractada, renovables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, en forma descrita en pacto social

Objeto social

La inversión en toda clase de bienes, su administración, explotación y la realización o ejecución de todas aquellas actividades o negocios que puedan complementar el objeto en cualquier forma

Administración

corresponde a los socios actuando en la forma señalada en escritura extractada. Socios limitan responsabilidad al monto respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas Nº 1070, piso 2, de la comuna de Santiago, certifico: por escritura pública 1º de octubre de 2020, ante mi, Juan Carlos Zegers Riesco, Eugenio Zegers Riesco, Pedro Ignacio Zegers Riesco, Eduardo José Novoa Zegers, Juan Pablo Novoa Zegers, María Pilar Novoa Zegers, Felipe Novoa Zegers y Olga Alejandrina Novoa Zegers, todos domiciliados esta ciudad, calle Doctora María Figueroa Nº 1930, Dpto. 401, Vitacura, dividieron sociedad AGRÍCOLA ALTO MIRAMAR LIMITADA, inscrita Registro Comercio Santiago fs. 4.362, N° 3.486, año 1999, en dos sociedades de responsabilidad limitada: Una continuadora de la que se divide, conservando su personalidad jurídica, razón social, objeto y rol único tributario, con las modificaciones que se indicarán a continuación, y en la cual permanece el 8,244220160% del capital y patrimonio de la sociedad que se divide; y otra que nace de la división con el nombre de "Inversiones Miramar Limitada", a la cual se le asigna el restante 91,75577984% de ese capital y patrimonio.- Las menciones objeto de extracto de la sociedad que nace de la división son: Razón Social: INVERSIONES MIRAMAR LIMITADA. Objeto: La inversión en toda clase de bienes, su administración, explotación y la realización o ejecución de todas aquellas actividades o negocios que puedan complementar el objeto en cualquier forma. Domicilio: Ciudad de Santiago. Duración: Cinco años desde fecha escritura extractada, renovables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, en forma descrita en pacto social. Capital: $917.558 que socios han aportado y pagado íntegramente con el monto de la asignación que le cupo a la sociedad en la división de la cual se formó, y que corresponde en un 25% para cada uno de los socios señores Juan Carlos, Eugenio y Pedro Ignacio Zegers Riesco, y en un 5% para cada uno de los socios señores Eduardo José, Juan Pablo, María Pilar, Felipe y Olga Alejandrina Novoa Zegers. Administración: corresponde a los socios actuando en la forma señalada en escritura extractada. Socios limitan responsabilidad al monto respectivos aportes.- Las modificaciones al pacto social de la sociedad continuadora de la dividida son: Uno) El capital que permanece después de la división es la suma de $82.442, que socios han aportado y pagado íntegramente, con el monto que permaneció en la sociedad después de la división, y corresponde en un 25% para cada uno de los socios señores Juan Carlos, Eugenio y Pedro Ignacio Zegers Riesco, y en un 5% para cada uno de los socios señores Eduardo José, Juan Pablo, María Pilar, Felipe y Olga Alejandrina Novoa Zegers. Dos) La responsabilidad de los socios se limita expresamente al monto de sus respectivos aportes. - Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 19 de Noviembre de 2020.