SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LA CORALA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de junio de 2009
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
la inversión en bienes muebles e inmuebles, incluyendo acciones, bonos y valores de toda clase; la compra, venta, arrendamiento y explotación en cualquier forma de bienes muebles y raíces; la inversión y participación en todo tipo de sociedades el desarrollo de proyectos inmobiliarios por cuenta propia u ajena o en asociación con terceros; y, en general, la realización de cualquier actividad que acuerden los socios, que se vincule con las anteriormente mencionadas. La sociedad podrá realizar su objeto directamente o a través de otras sociedades en que participe o se creen al efecto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui número setenta y tres, certifico: por escritura de fecha 30 de octubre del 2020, ante mí, MONSERRAT ELINA JARA URREA, chilena, casada separada de bienes, fonoaudióloga, cédula nacional de identidad número 15.642.145-6; don MATIAS ALEJANDRO JARA URREA, chileno, Bioquímico, soltero, cédula nacional de identidad número 16.100.450-2; don JOSÉ ALEJANDRO JARA WESTERMEIER, chileno, casado separado de bienes, administrador de empresas, Cédula Nacional de Identidad número 8.682.508-2; y doña ELINA LEONOR DEL CARMEN URREA CIFUENTES, chilena, casada separada de bienes, economista, Cedula Nacional de Identidad número 7.277.899-3, todos los domiciliados para estos efectos en calle Los Eucaliptus número 13-1, Lote 3, comuna de Calera de Tango; Región Metropolitana, de paso en ésta. Por escritura pública de fecha primero de 1 de junio del año 2009, otorgada ante don EDUARDO AVELLO CONCHA, abogado y Notario Público de la vigésima séptima Notaria de Santiago, con oficio en Orrego Luco número 053, Providencia, doña MONSERRAT ELINA URREA JARA URREA, y don MATIAS ALEJANDRO JARA URREA, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada denominada“SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LA CORALA LIMITADA” Un extracto de dicha escritura se inscribió con fecha 8 de junio de 2009 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 25.640, número 17.490, correspondiente al año 2009 y se publicó en el Diario Oficial edición número 39.382, de fecha 9 de junio del año 2009, sin haber sufrido nunca modificación. Socios dueños cincuenta por ciento haber social cada uno, acuerdan transformar “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LA CORALA LIMITADA” en una sociedad por acciones denominada “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LA CORALA SpA”, nombre fantasía o “LA CORALA SpA”. Domicilio Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales país o extranjero.- Duración indefinida.- Objeto: la inversión en bienes muebles e inmuebles, incluyendo acciones, bonos y valores de toda clase; la compra, venta, arrendamiento y explotación en cualquier forma de bienes muebles y raíces; la inversión y participación en todo tipo de sociedades el desarrollo de proyectos inmobiliarios por cuenta propia u ajena o en asociación con terceros; y, en general, la realización de cualquier actividad que acuerden los socios, que se vincule con las anteriormente mencionadas. La sociedad podrá realizar su objeto directamente o a través de otras sociedades en que participe o se creen al efecto. Capital: $5.000.000, dividido cinco mil acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de un valor igual de mil pesos por cada acción, totalmente suscrito y pagado. Se designa como administrador, representante o gerente a don JOSÉ ALEJANDRO JARA WESTERMEIER, quien podrá actuar y tendrán esta calidad mientras no se designe otro u otros administradores. En ausencia de don José Alejandro Jara Westermeier, la representación legal, administración de la sociedad y el uso de la razón social, la tendrán los socios doña Elina Leonor del Carmen Urrea Cifuentes, don Matías Alejandro Jara Urrea y doña Monserrat Elina Jara Urrea, todos ya individualizados, quienes deberán actuar y concurrir conjuntamente a lo menos dos de ellos. Por este acto Doña MONSERRAT ELINA JARA URREA, vende cede y transfiere 2.250 acciones, equivalentes al 90% de su capital social a don JOSÉ ALEJANDRO JARA WESTERMEIER, quien las compra y acepta para sí, el precio de la cesión es la suma 2.250.000 pesos, que don JOSÉ LEJANDRO JARA WESTERMEIER, paga de la siguiente manera: 2.250.000 pesos en dinero efectivo en este acto, los que son enteramente aceptados por doña MONSERRAT ELINA JARA URREA. Por este acto Don MATIAS ALEJANDRO JARA URREA, vende cede y transfiere 2000 acciones, equivalentes al 80% de su capital social a don JOSÉ ALEJANDRO JARA WESTERMEIER, quien las compra y acepta para sí, el precio de la cesión es la suma de 2.000.000 de pesos, que don JOSÉ ALEJANDRO JARA WESTERMEIER, paga de la siguiente manera: 2.000.000 de pesos en dinero efectivo en este acto, los que son enteramente aceptados por don MATIAS ALEJANDRO JARA URREA. De sus restantes acciones, Don MATIAS ALEJANDRO JARA URREA, vende, cede y transfiere 250 acciones, equivalentes al 50% de su capital social a dona ELINA LEONOR DEL CARMEN URREA CIFUENTES, quien las compra y acepta para sí, el precio de la cesión es la suma de 250.000 pesos, que don ELINA LEONOR DEL CARMEN URREA CIFUENTES, paga de la siguiente manera: 250.000 pesos en dinero efectivo en este acto, los que son enteramente aceptados por don MATIAS ALEJANDRO JARA URREA. De esta forma quedan como socios de “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LA CORALA SpA”, doña MONSERRAT ELINA JARA URREA con un 5% de las acciones, don MATIAS ALEJANDRO JARA URREA con un 5% de las acciones, don JOSÉ ALEJANDRO JARA WESTERMEIER con un 85% de las acciones y doña ELINA LEONOR DEL CARMEN URREA CIFUENTES con un 5% de las acciones. Demás cláusulas escritura extractada. Santiago, 09 de noviembre del 2020.