Instrumento
- Fecha
- 2 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 17221/2020
- Notario
- Luís Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago ubicada en Huérfanos 941
Objeto social
a) la prestación de servicios de gestión en administración de empresas, intermediación empresarial relativa a la captación, colocación y aceptación de personal, incluyendo, pero no limitada, a procesos de búsqueda, selección, evaluación, capacitación y contratación, y en general, actividades relacionadas con la gestión de recursos humanos; b) el desarrollo, implementación, comercialización y licenciamiento de softwares destinados a facilitar procesos de búsqueda, capacitación y gestión de recursos humanos y afines; c) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, fondos de inversión o bienes, sean estos, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; d) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, d) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuís Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago ubicada en Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 2 de noviembre de 2020, repertorio N° 17221 / 2020, ante mí Schlanbusch y Asociados SpA y Alcalde Torres Consultores SpA vienen a constituir una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Nombre: Jobfitter SpA (la “Sociedad”). 2. Objeto: a) la prestación de servicios de gestión en administración de empresas, intermediación empresarial relativa a la captación, colocación y aceptación de personal, incluyendo, pero no limitada, a procesos de búsqueda, selección, evaluación, capacitación y contratación, y en general, actividades relacionadas con la gestión de recursos humanos; b) el desarrollo, implementación, comercialización y licenciamiento de softwares destinados a facilitar procesos de búsqueda, capacitación y gestión de recursos humanos y afines; c) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, fondos de inversión o bienes, sean estos, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; d) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, d) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el objeto social. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. Las acciones se suscriben y pagan íntegramente por los accionistas constituyentes, en partes iguales, a la fecha de la escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2020.