CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES Y SERVICIOS TURÍSTICOS YA-KAI LIMITADA

CVE 1852161
Fecha instrumento
6 de noviembre de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
6 de noviembre de 2020
Repertorio
3584-20
Notario
IGOR ANDRÉS TRINCADO URRA
Domicilio
Punta Arenas

Sociedad

Duración
Vigencia será de cinco años a partir fecha constitución renovándose tácita y sucesivamente por iguales períodos si ningún socio manifestare voluntad ponerle término por declaración efectuada por escritura pública de la que se tomará nota al margen del extracto con anticipación no inferior a 180 días del vencimiento respectivo período que se encuentre en curso
Ley aplicable
Ley 3.918

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos, como así mismo la compra y adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general; b) la administración por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos; venta servicios turísticos, alojamientos, excursiones, traslados y servicios afines en Chile como extranjero; venta de programas turísticos receptivos a pasajeros provenientes desde extranjero para ser prestados tanto en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, como en todo el territorio nacional; venta de programas confeccionados tanto por la Sociedad como por otras empresas similares nacionales o extranjeras, con domicilio en Chile o extranjero; venta de cualquier producto o servicio relacionado con la actividad turística; y cualquier otra actividad relacionada con las anteriores, que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGOR ANDRÉS TRINCADO URRA, Abogado, Notario Público de Punta Arenas, con oficio en calle 21 de Mayo 1123, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 06 de noviembre de 2020, Repertorio 3.584-20, otorgada ante mí, ROBERTO ORLANDO MAYORGA ZÚÑIGA, domiciliado Guillermo Tell 0966, MARIA LUISA ENCALADA BUENO y EDGARDO ESTEBAN ZÚÑIGA SAAVEDRA, ambos con domicilio en calle Antonio Pigafetta número seiscientos cuarenta y cinco; y MARISEL ROCIO BOBADILLA OJEDA, con domicilio en calle Lucas Bonacic cero ciento veintisiete, todos de la ciudad de Punta Arenas constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada conforme Ley 3.918 y modificaciones. RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES Y SERVICIOS TURÍSTICOS YA-KAI LIMITADA” o “TURISMO YA-KAI LTDA.”; ADMINISTRACIÓN y USO RAZÓN SOCIAL: Administración y uso razón social corresponderá a MARIA LUISA ENCALADA BUENO, EDGARDO ESTEBAN ZÚÑIGA SAAVEDRA y MARISEL ROCIO BOBADILLA OJEDA, debiendo actuar necesaria y conjuntamente doña MARISEL ROCIO BOBADILLA OJEDA con uno cualquiera de los restantes socios; CAPITAL: CINCUENTA Y TRES MILLONES DE PESOS, aportados por los socios en la siguiente forma: MARIA LUISA ENCALADA BUENO, aporta en este acto VEINTITRES MILLONES DE PESOS cantidad que ingresa a la caja social; EDGARDO ESTEBAN ZÚÑIGA SAAVEDRA, aporta en este acto VEINTICINCO MILLONES DE PESOS, que ingresan a la caja social; MARISEL ROCIO BOBADILLA OJEDA, aporta en este acto CINCO MILLONES DE PESOS, que ingresan a la caja social. Don ROBERTO ORLANDO MAYORGA ZÚÑIGA, se obliga a aportar en dominio pleno, el inmueble denominado como Lote RA-2K, ubicado en el Sector Lago Fagnano Río Azopardo, comuna de Timaukel, provincia de Tierra del Fuego de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, individualizado en la cláusula CUARTA del pacto social. Dicho aporte se obliga a efectuarlo en forma señalada en pacto social. OBJETO: El objeto de la Sociedad será: a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos, como así mismo la compra y adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general; b) la administración por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos; venta servicios turísticos, alojamientos, excursiones, traslados y servicios afines en Chile como extranjero; venta de programas turísticos receptivos a pasajeros provenientes desde extranjero para ser prestados tanto en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, como en todo el territorio nacional; venta de programas confeccionados tanto por la Sociedad como por otras empresas similares nacionales o extranjeras, con domicilio en Chile o extranjero; venta de cualquier producto o servicio relacionado con la actividad turística; y cualquier otra actividad relacionada con las anteriores, que los socios acuerden. DURACIÓN: Vigencia será de cinco años a partir fecha constitución renovándose tácita y sucesivamente por iguales períodos si ningún socio manifestare voluntad ponerle término por declaración efectuada por escritura pública de la que se tomará nota al margen del extracto con anticipación no inferior a 180 días del vencimiento respectivo período que se encuentre en curso. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Punta Arenas, 19 de Noviembre de 2020.