Inversiones y Servicios Eusebio García y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 8476-2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.100 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalChristian Alejandro Ortiz Cáceres, Notario Suplente de doña María Soledad Santos Muñoz, Notario Titular de la 7° Notaría de Santiago, con domicilio en Agustinas N° 1.161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Que, por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 2020, Repertorio N° 8.476 -2020, ante mí los socios de Inversiones y Servicios Eusebio García y Compañía Limitada, sociedad de su giro, inscrita a fs 2.916, N°2.369, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2001, R.U.T. N°77.312.550-3, don Francisco Antonio Azócar Tapia, y don Eusebio Renato García Riccomini; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Nueva de Lyon N°96, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, acordaron: /UNO/ La fusión por incorporación de la sociedad Inversiones Nueva de Lyon S.A. con la sociedad “Inversiones y Servicios Eusebio García y Compañía Limitada”, mediante la absorción de la primera, que se disuelve, adquiriendo la segunda todos los activos y pasivos, y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. /DOS/ Aumentar el capital social de la suma de $10.000.000 a $10.100.000, esto es en $100.000 que corresponden al capital aportado en la sociedad absorbida. /TRES/ Producto de la fusión acordada modificar el artículo Quinto de los estatutos, que queda como sigue: “ARTÍCULO QUINTO: Aportes y Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de $10.100.000 que se aporta por los socios en las siguientes proporciones: a) don Eusebio Renato García Riccomini, con el 98,9934% de los derechos sociales, equivalentes a $9.998.333; y b) don Francisco Antonio Azócar Tapia, con el 1,0066 % de los derechos sociales, equivalentes a $101.667. El capital se encuentra enteramente suscrito y pagado por los socios con anterioridad a este acto”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de noviembre de 2020.