Instrumento
- Fecha
- 10 de noviembre de 2020
Objeto social
EN EL ORDEN DE: venta de carnes Premium envasadas, abarrotes y lácteos, venta al por menor de alimentos en comercios especializados almacenes pequeños y minimarket, venta al por menor en comercios especializados de carne y productos cárnicos, venta al por menor en comercios especializados de productos de panadería y pastelería, venta al por menor en comercios especializados de huevos, confites y productos alimenticios n.c.p. venta al por menor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas en comercios especializados botillerías, venta al por menor de tabaco y productos de tabaco en comercios especializados. La sociedad en el cumplimiento de su objetivo podrá actual directamente o asociada con terceros, pudiendo dedicarse además a toda actividad conexa o a fin a su objeto social, o cualquier otro negocio que acuerde el accionista en forma unánime. Capital de la sociedad será la cantidad CINCO MILLONES DE PESOS, los cuales son aportados de la siguiente manera: a) PAOLA MARGARITA VERA URZUA, aporta dos millones quinientos cincuenta mil pesos, equivalentes al cincuenta y un por ciento de los derechos sociales, con cinco coma una acciones nominativas, todas de una misma y única serie; b) don IVAN ANDRE GAVILÁN VERA,, aporta dos millones cuatrocientos cincuenta mil pesos, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales, con cuatro coma nueve acciones nominativas, todas de una misma y única serie, pagados y enterados en arca social. Administración y
Administración
La Sociedad será administrada por don IVAN ANDRE GAVILÁN VERA, con amplias facultades en pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE, Notario y Archivero Judicial de San Miguel, con oficio en Avenida Gran Avenida José Miguel Carrera N° 2572, comuna de San Miguel, CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí doña PAOLA MARGARITA VERA URZUA, IVAN ANDRE GAVILÁN VERA, para estos efectos ambos con domicilio en calle El Ave Fragata número cero seis mil trescientos treinta y tres, Comuna de Puente Alto, y de paso por esta, vienen en constituir una sociedad por acciones con el nombre “ENTRE LOMOS Y PLATEADAS SpA”, nombre de fantasía de “ENTRE LOMOS Y PLATEADAS SpA”. Domicilio estatutario estará en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración de la sociedad será de indefinida. Objeto: EN EL ORDEN DE: venta de carnes Premium envasadas, abarrotes y lácteos, venta al por menor de alimentos en comercios especializados almacenes pequeños y minimarket, venta al por menor en comercios especializados de carne y productos cárnicos, venta al por menor en comercios especializados de productos de panadería y pastelería, venta al por menor en comercios especializados de huevos, confites y productos alimenticios n.c.p. venta al por menor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas en comercios especializados botillerías, venta al por menor de tabaco y productos de tabaco en comercios especializados. La sociedad en el cumplimiento de su objetivo podrá actual directamente o asociada con terceros, pudiendo dedicarse además a toda actividad conexa o a fin a su objeto social, o cualquier otro negocio que acuerde el accionista en forma unánime. Capital de la sociedad será la cantidad CINCO MILLONES DE PESOS, los cuales son aportados de la siguiente manera: a) PAOLA MARGARITA VERA URZUA, aporta dos millones quinientos cincuenta mil pesos, equivalentes al cincuenta y un por ciento de los derechos sociales, con cinco coma una acciones nominativas, todas de una misma y única serie; b) don IVAN ANDRE GAVILÁN VERA,, aporta dos millones cuatrocientos cincuenta mil pesos, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales, con cuatro coma nueve acciones nominativas, todas de una misma y única serie, pagados y enterados en arca social. Administración y Representación. La Sociedad será administrada por don IVAN ANDRE GAVILÁN VERA, con amplias facultades en pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel a 10 de Noviembre de 2020.-