ENOC SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2020
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
- Oficio
- Titular de la 10ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio estatutario estará en la ciudad de Santiago, Región de Metropolitana, territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la explotación agropecuaria de predios de los que sea dueña, arrendataria o tenedora a cualquier otro título; la participación en otras sociedades agropecuarias: administración explotación, percepción de los frutos, constitución de cualquier derecho real sobre los bienes y derechos que adquiera para obtener rentas; la inversión de sus bienes y la prestación de asesorías agropecuarias sean estas para clientes financieros, legales, administrativos y)o tecnológicos. Para cumplir su objetivo, la sociedad podrá efectuar esporádicamente todas las operaciones, celebrar todos los contratos y en general, ejecutar todos los actos que sean convenientes y)o necesarios a juicio del o de los administradores
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| AGROPECUARIA FG Y COMPAÑÍA | socio | 76381401-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Notario Público Suplente de la Titular de la 10ª Notaria de Santiago, Valeria Ronchera Flores, Agustinas 1235, local 2 piso 1 y 2, certifica: Por escritura pública extendida con fecha 9 de noviembre de 2020, ante mí, doña MARÍA JESÚS FRÍAS GÓMEZ, C.I. N° 16.100.738-2; don MANUEL FERNANDO FRÍAS GÓMEZ, C.I. N° 18.393.266-7; doña MARÍA ELIANA PATRICIA GÓMEZ ALFONSO, C.I. N° 6.759.132-1; y, don FERNANDO EUGENIO RODRIGO FRÍAS LARRAÍN, C.I. N° 7.337.983-0, por sí y en representación de doña MARÍA DE LOS ÁNGELES FRÍAS GÓMEZ, C.I. N° 16.369.686-K; todos domiciliados, para estos efectos, en Sendero la Península N° 2.830, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad colectiva civil denominada AGROPECUARIA FG Y COMPAÑÍA, RUT N° 76.381.401-7, constituida por escritura pública de fecha 06.06.2014, otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Zaldívar Mackenna; de la siguiente manera: Transformación: acordaron transformar la sociedad colectiva civil en una sociedad por acciones, en los siguientes términos, condiciones y que se regirá por los siguientes estatutos: Razón Social: “ENOC SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la explotación agropecuaria de predios de los que sea dueña, arrendataria o tenedora a cualquier otro título; la participación en otras sociedades agropecuarias: administración explotación, percepción de los frutos, constitución de cualquier derecho real sobre los bienes y derechos que adquiera para obtener rentas; la inversión de sus bienes y la prestación de asesorías agropecuarias sean estas para clientes financieros, legales, administrativos y/o tecnológicos. Para cumplir su objetivo, la sociedad podrá efectuar esporádicamente todas las operaciones, celebrar todos los contratos y en general, ejecutar todos los actos que sean convenientes y/o necesarios a juicio del o de los administradores. Domicilio: Su domicilio estatutario estará en la ciudad de Santiago, Región de Metropolitana, territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados.- Capital: 3.155.687.261 pesos, dividido en 3.155.687.261 acciones, todas nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal. El capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración y uso razón social: La administración de la sociedad y el uso del nombre o razón social corresponderá individualmente a don FERNANDO EUGENIO RODRIGO FRÍAS LARRAÍN, y, en caso de falta, ausencia o impedimento del anterior, lo que no será necesario acreditar a terceros, corresponderá individualmente a doña MARÍA ELIANA PATRICIA GÓMEZ ALFONSO, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con amplias facultades. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2020.