CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DEL BOSQUE ABOGADOS SOCIEDAD LIMITADA

CVE 1852356
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
16 de noviembre de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de noviembre de 2020
Repertorio
30556
Notario
JAVIER IGNACIO HORMAZÁBAL COLLAO
Domicilio
Titular de la 19ª de Santiago

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP
Domicilio
Será, para todos los efectos legales la ciudad de Santiago
Duración
2 años, prorrogables

Objeto social

La sociedad será de carácter civil y tendrá por objeto principal el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de abogado; instalación de oficinas y atención de clientes particulares, sociedades, organismos públicos y privados; prestar asesorías, elaborar proyectos, emitir informes y realizar estudios; realizar cobranza judicial y)o extrajudicial, dictación de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales; importación de libros, elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de la actividad; todo lo que en la actualidad o en el futuro y de cualquier manera tenga que ver con lo dicho, podrá asociarse con otras personas naturales o jurídicas, profesionales, sociedades o firmas de profesionales, nacionales o extranjeras, de objeto similar o podrá constituirse en corresponsal de las mismas. Del mismo modo, prestará toda clase de servicios profesionales de recuperación y administración de activos, de asesoramiento empresarial en materias de gestión, y cualquier otro negocio que acuerden los socios en relación con el ejercicio profesional de la abogacía y sus derivados.- Administración, representación y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAVIER IGNACIO HORMAZÁBAL COLLAO, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 19ª de Santiago, Bandera 341, oficina 352, certifico: Con fecha 13de Noviembre de 2020, Repertorio Nº 30.556, ante mí: ANDREA PAZ ROQUEFORT PÉREZ; LUIS ANÍBAL YANEZ DEL SOLAR y ARTURO ALEJANDRO MARIVIL MANCILLA, todos domiciliados en Avenida El Valle n° 7848, comuna de Peñalolén; constituyeron una sociedad de profesionales de responsabilidad limitada.- Razón Social: “DEL BOSQUE ABOGADOS SOCIEDAD LIMITADA”, pudiendo actuar, ante los bancos, entidades financieras, Servicio de Impuestos Internos y toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, con el nombre de fantasía “DEL BOSQUE ABOGADOS LTDA.”.- Objeto: La sociedad será de carácter civil y tendrá por objeto principal el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de abogado; instalación de oficinas y atención de clientes particulares, sociedades, organismos públicos y privados; prestar asesorías, elaborar proyectos, emitir informes y realizar estudios; realizar cobranza judicial y/o extrajudicial, dictación de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales; importación de libros, elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de la actividad; todo lo que en la actualidad o en el futuro y de cualquier manera tenga que ver con lo dicho, podrá asociarse con otras personas naturales o jurídicas, profesionales, sociedades o firmas de profesionales, nacionales o extranjeras, de objeto similar o podrá constituirse en corresponsal de las mismas. Del mismo modo, prestará toda clase de servicios profesionales de recuperación y administración de activos, de asesoramiento empresarial en materias de gestión, y cualquier otro negocio que acuerden los socios en relación con el ejercicio profesional de la abogacía y sus derivados.- Administración, representación y uso razón social: corresponderá, separada e indistintamente, a los socios doña ANDREA PAZ ROQUEFORT PÉREZ y don LUIS ANÍBAL YANEZ DEL SOLAR, ya individualizados, quienes anteponiendo la razón social a su firma, representarán con las más amplias facultades indicadas en la escritura extractada.- Capital: $1.500.000.-, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: doña ANDREA PAZ ROQUEFORT PÉREZ la suma de $500.000.-, correspondiente a un tercio del capital social; don LUIS ANÍBAL YANEZ DEL SOLAR la suma de $500.000.-, correspondiente a un tercio del capital social; y don ARTURO ALEJANDRO MARIVIL MANCILLA la suma de $500.000.-, correspondiente a un tercio del capital social. Dichas cantidades ya se encuentran ingresadas enteramente a la caja social.- Responsabilidad socios queda limitado al monto de sus respectivos aportes.- Duración: 2 años, prorrogables, sin perjuicio de que socios puedan manifestar voluntad de ponerle término por escritura pública inscrita al margen de la inscripción de la sociedad.- Domicilio: Será, para todos los efectos legales la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16 de noviembre de 2020. JAVIER I. HORMAZABAL COLLAO.-