Instrumento
- Fecha
- 18 de noviembre de 2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $555.555 CLP
Objeto social
a) La explotación de predios agrícolas, de los cuales sea propietaria, arrendataria, usufructuaria o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción; b) el desarrollo de toda clase de actividades agrícolas, agroindustriales y comerciales relacionadas con los bienes, productos y servicios agrícolas, como la producción, elaboración, fabricación, explotación e industrialización de frutas, hortalizas, materias primas o productos naturales provenientes del agro; c) la forestación y reforestación de predios agrícolas, y la ejecución de toda clase de trabajos y actividades relacionadas con la mantención, cuidado y explotación forestal de predios agrícolas; d) el desarrollo de toda clase de actividades ganaderas, como la crianza, engorda, compra y venta de animales; e) la ejecución en general de cualquier otra actividad o negocio que se relacione con el ramo agrícola. La Sociedad podrá abordar estos negocios por cuenta propia o ajena, como también por intermedio de otras sociedades en las cuales participe, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. 3
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 18 de noviembre de 2020, ante mí, don Pedro Felipe Pablo Cosmelli Munita, viene en constituir una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Nombre: Agrícola El Asta SpA, en adelante la “Sociedad”. 2. Objeto: a) La explotación de predios agrícolas, de los cuales sea propietaria, arrendataria, usufructuaria o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción; b) el desarrollo de toda clase de actividades agrícolas, agroindustriales y comerciales relacionadas con los bienes, productos y servicios agrícolas, como la producción, elaboración, fabricación, explotación e industrialización de frutas, hortalizas, materias primas o productos naturales provenientes del agro; c) la forestación y reforestación de predios agrícolas, y la ejecución de toda clase de trabajos y actividades relacionadas con la mantención, cuidado y explotación forestal de predios agrícolas; d) el desarrollo de toda clase de actividades ganaderas, como la crianza, engorda, compra y venta de animales; e) la ejecución en general de cualquier otra actividad o negocio que se relacione con el ramo agrícola. La Sociedad podrá abordar estos negocios por cuenta propia o ajena, como también por intermedio de otras sociedades en las cuales participe, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $555.555, dividido en 555.555 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se suscribe parcialmente de la siguiente manera: a) don Pedro Felipe Pablo Cosmelli Munita, suscribe ciento setenta y dos mil quinientas acciones en la suma de ciento setenta y dos mil quinientos pesos, que paga en este acto, en dinero efectivo, declarando la Sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción y conformidad; y, b) Las trescientas ochenta y tres mil cincuenta y cinco acciones restantes deberán ser suscritas, pagadas y enteradas a la caja social en dinero efectivo dentro de un plazo máximo de dos años a partir la fecha de la escritura de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2020.