AGRICOLA CAFRISA SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de noviembre de 2020
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
- Oficio
- Titular de la 10º Notaria de Santiago Valeria Ronchera Flores
- Comuna
- Santiago Valeria Ronchera Flores
Sociedad
- Capital
- $671.997.807 CLP
- Domicilio
- Su domicilio estatutario estará en la ciudad de Santiago, Región de Metropolitana, territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto el desarrollo de actividades agrícolas en cualquiera de sus formas, como asimismo la inversión y explotación rentística de sus bienes, corporales o incorporales, incluso inmuebles, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ENOC SpA | socio | 76381401-7 | — | — | |
| AGRÍCOLA CAFRISA | socio | 78365740-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Notario Público Suplente de la Titular de la 10º Notaria de Santiago Valeria Ronchera Flores, Agustinas 1235 local 2 piso 1 y 2, certifica: Por escritura pública extendida con fecha 13 de noviembre de 2020, ante mí, doña MARÍA ELIANA PATRICIA GÓMEZ ALFONSO, C.I. N° 6.759.132-1; y, don FERNANDO EUGENIO RODRIGO FRÍAS LARRAÍN, C.I. N° 7.337.983-0, por sí y en representación de AGROPECUARIA FG Y COMPAÑÍA, hoy ENOC SpA, RUT N° 76.381.401-7; todos domiciliados, para estos efectos, en Sendero la Península N° 2.830, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad colectiva civil denominada AGRÍCOLA CAFRISA, RUT N° 78.365.740-6, constituida por escritura pública de fecha 30.11.1992, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Undurraga Laso; de la siguiente manera: Transformación: acordaron transformar la sociedad colectiva civil en una sociedad por acciones, en los siguientes términos, condiciones y que se regirá por los siguientes estatutos: Razón Social: “AGRICOLA CAFRISA SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto el desarrollo de actividades agrícolas en cualquiera de sus formas, como asimismo la inversión y explotación rentística de sus bienes, corporales o incorporales, incluso inmuebles, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase.- Domicilio: Su domicilio estatutario estará en la ciudad de Santiago, Región de Metropolitana, territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados.- Capital: $671.997.807 pesos, dividido en 671.997.807 acciones, todas nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal. El capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración y uso razón social: La administración de la sociedad y el uso del nombre o razón social corresponderá individualmente a don FERNANDO EUGENIO RODRIGO FRÍAS LARRAÍN, y, en caso de falta, ausencia o impedimento del anterior, lo que no será necesario acreditar a terceros, corresponderá individualmente a doña MARÍA ELIANA PATRICIA GÓMEZ ALFONSO, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con amplias facultades. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2020.