SOCIEDAD AGRÍCOLA RÍO ESCONDIDO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 2964-2020
- Comuna
- Pública de Santiago
Objeto social
1) Cesión de Derechos: Don Hans George Koch, vendió, cedió y transfirió el 1,9% de los derechos sociales en SOCIEDAD AGRÍCOLA RÍO ESCONDIDO LIMITADA, a don Francisco Javier Bengoa Claussen, quien adquirió para sí los referidos derechos sociales; y 2) Modificación Cláusula
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA SALAZAR HERNÁNDEZ, abogada suplente de NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Titular de la Trigésimo Séptima Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos número mil ciento diecisiete, oficina mil catorce, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 5 de noviembre de 2020, repertorio N° 2964-2020, ante mí, comparecieron: /Uno/ FRANCISCO JAVIER BENGOA CLAUSSEN cédula nacional de identidad número 7.294.013-K, domiciliado en calle Cerro Las Arañas número 12.392, comuna de Lo Barnechea, Santiago; y /Dos/ HANS GEORGE KOCH, pasaporte de los Estados Unidos de América número 480827672, Rol Único Tributario 48.140.085-6, representado por Francisco Javier Bengoa Claussen, ambos domiciliados para estos efectos en Cerro Las Arañas número 12392, comuna de Lo Barnechea, Santiago; quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD AGRÍCOLA RÍO ESCONDIDO LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 110, número 77 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó del año 1988, en adelante, la “Sociedad”; la modificación tuvo por objeto: 1) Cesión de Derechos: Don Hans George Koch, vendió, cedió y transfirió el 1,9% de los derechos sociales en SOCIEDAD AGRÍCOLA RÍO ESCONDIDO LIMITADA, a don Francisco Javier Bengoa Claussen, quien adquirió para sí los referidos derechos sociales; y 2) Modificación Cláusula Capital: En razón de la cesión de derechos, se acordó reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales en la forma que sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de veinticinco millones de pesos que ya se encuentra aportado por los socios en dinero efectivo en los siguientes montos y proporciones: don Hans George Koch la cantidad de veintidós millones quinientos mil pesos, que equivalen al noventa por ciento del capital social; y don Francisco Javier Bengoa Claussen, la cantidad de dos millones quinientos mil pesos que equivalen al diez por ciento del capital social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.” En todo lo no modificado continúan plenamente vigentes los estatutos sociales, especialmente lo referente a la limitación de responsabilidad de los socios a sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de noviembre de 2020.-