CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS LOGÍSTICOS PARA EMPRESAS LIMITADA

CVE 1851309
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2020
Notaría
Talcahuano
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2020
Notario
RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA
Oficio
4° Notaria Talcahuano
Comuna
Talcahuano

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Concepción
Duración
5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables automática y sucesivamente plazos de 5 años, salvo que alguno de los socios manifieste voluntad ponerle término por escritura pública inscrita al margen inscripción este extracto en Registro de Comercio y notificada a demás socios, con 60 días anticipación a expiración plazo de vigencia que estuviere corriendo

Objeto social

Será la compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, y en general la explotación de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; así como la explotación, arrendamiento, subarrendamiento y administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de oficinas, salas de reuniones, espacios compartidos de trabajo, centros de eventos y otros inmuebles amoblados, así como la organización y realización en ellos de eventos, convenciones, congresos, seminarios, reuniones de trabajo y otros afines; la prestación de servicios de apoyo logístico y administrativo al giro de la empresa, tanto para personas naturales como jurídicas, en especial en lo relativo al arrendamiento de oficinas y otros espacios de trabajo, maquinarias, insumos, infraestructura, recursos tecnológicos y comunicacionales y, en general, el asesoramiento empresarial en materias de logística y gestión; el arrendamiento de espacios para depósito y entrega de productos, mercaderías y en general todo tipo de especies muebles, así como el depósito, consignación, almacenamiento, despacho y entrega de dichas especies, en espacios propios o ajenos, para personas naturales o jurídicas; la instalación, arrendamiento, administración y explotación de cafeterías, fuentes de soda y todo tipo de locales de elaboración, expendio, compra y venta, al por mayor y al detalle, de toda clase de comidas preparadas y bebidas analcohólicas, refrescos, cafés y tés, pasteles, dulces y toda clase de postres y confites, para ser consumidos al interior de los referidos locales o para llevar; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles y capitales mobiliarios, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y cualquier otro negocio que acuerden los socios; pudiendo formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas. Administración, representación y

Administración

socios PATRICIO ANDRÉS PINCHEIRA BARBÉ, ANA BELÉN DE LOS ÁNGELES MORA MELO y JAVIER ALFONSO NAVARRO MORENO, actuando separada e indistintamente, con amplias facultades expresadas en escritura, con única limitación que, para la celebración de cualquier acto o contrato por un monto total igual o superior al equivalente en moneda nacional a la cantidad de 200 UF, se requerirá actuación conjunta de los tres socios ya individualizados, o de los que los reemplacen o se incorporen en el futuro

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público 4° Notaria Talcahuano, con domicilio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén, certifica: Por escritura pública de 14 de noviembre de 2020, ante mí, PATRICIO ANDRÉS PINCHEIRA BARBÉ, domiciliado en Pje. A. Carvajal 7, comuna San Pedro de la Paz; ANA BELÉN DE LOS ÁNGELES MORA MELO, domiciliada en Calle C N°335, Altos de Chiguayante, comuna Chiguayante; y, JAVIER ALFONSO NAVARRO MORENO, domiciliado en Calle C N°335, Altos de Chiguayante, comuna Chiguayante; constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Domicilio: Concepción, sin perjuicio de agencias. Razón social: “SERVICIOS LOGÍSTICOS PARA EMPRESAS LIMITADA" y tendrá nombre de fantasía “WORKBOX LIMITADA”, la palabra limitada, en ambos casos podrá abreviarse por “LTDA”. Objeto: Será la compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, y en general la explotación de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; así como la explotación, arrendamiento, subarrendamiento y administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de oficinas, salas de reuniones, espacios compartidos de trabajo, centros de eventos y otros inmuebles amoblados, así como la organización y realización en ellos de eventos, convenciones, congresos, seminarios, reuniones de trabajo y otros afines; la prestación de servicios de apoyo logístico y administrativo al giro de la empresa, tanto para personas naturales como jurídicas, en especial en lo relativo al arrendamiento de oficinas y otros espacios de trabajo, maquinarias, insumos, infraestructura, recursos tecnológicos y comunicacionales y, en general, el asesoramiento empresarial en materias de logística y gestión; el arrendamiento de espacios para depósito y entrega de productos, mercaderías y en general todo tipo de especies muebles, así como el depósito, consignación, almacenamiento, despacho y entrega de dichas especies, en espacios propios o ajenos, para personas naturales o jurídicas; la instalación, arrendamiento, administración y explotación de cafeterías, fuentes de soda y todo tipo de locales de elaboración, expendio, compra y venta, al por mayor y al detalle, de toda clase de comidas preparadas y bebidas analcohólicas, refrescos, cafés y tés, pasteles, dulces y toda clase de postres y confites, para ser consumidos al interior de los referidos locales o para llevar; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles y capitales mobiliarios, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y cualquier otro negocio que acuerden los socios; pudiendo formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas. Administración, representación y uso de la razón social: socios PATRICIO ANDRÉS PINCHEIRA BARBÉ, ANA BELÉN DE LOS ÁNGELES MORA MELO y JAVIER ALFONSO NAVARRO MORENO, actuando separada e indistintamente, con amplias facultades expresadas en escritura, con única limitación que, para la celebración de cualquier acto o contrato por un monto total igual o superior al equivalente en moneda nacional a la cantidad de 200 UF, se requerirá actuación conjunta de los tres socios ya individualizados, o de los que los reemplacen o se incorporen en el futuro. Capital: $10.000.000, aportado: 1) PATRICIO ANDRÉS PINCHEIRA BARBÉ, $4.000.000, equivalente al 40% del capital social, que paga y entera al contado, en dinero efectivo, ingresando en caja social; 2) ANA BELÉN DE LOS ÁNGELES MORA MELO, $3.000.000, equivalente al 30% del capital social, que paga y entera al contado, en dinero efectivo, ingresando en caja social; y, 3) JAVIER ALFONSO NAVARRO MORENO, $3.000.000, equivalente al 30% del capital social, que paga y entera al contado, en dinero efectivo, ingresando en caja social; socios limitan responsabilidad al monto de sus aportes. Duración: 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables automática y sucesivamente plazos de 5 años, salvo que alguno de los socios manifieste voluntad ponerle término por escritura pública inscrita al margen inscripción este extracto en Registro de Comercio y notificada a demás socios, con 60 días anticipación a expiración plazo de vigencia que estuviere corriendo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Hualpén, 18 de noviembre de 2020.-