Instrumento
- Fecha
- 2 de noviembre de 2020
- Notario
- CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
Objeto social
a) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles de cualquier tipo; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías referidas a estas actividades, así como, la realización de todos aquellos actos y negocios que tiendan a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los accionistas acuerden; b) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los accionistas acuerden; y c) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas.- Administración, representación y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público de Concepción, con oficio en Barros Arana 989, CERTIFICO: Por escritura de fecha 02 de Noviembre de 2020, ante mi suplente doña Diana Beatriz Sepúlveda Moreno, don JULIO DEL CARMEN PEÑA VIDAL, pensionado, C.I. N° 7.214.564-K, domiciliado en Paicaví 1049, depto. 101, Concepción; constituyó una sociedad por acciones de razón social: "MAXITO INVERSIONES SpA", nombre de fantasía “MAXITO SpA”.- Objeto: a) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles de cualquier tipo; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías referidas a estas actividades, así como, la realización de todos aquellos actos y negocios que tiendan a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los accionistas acuerden; b) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los accionistas acuerden; y c) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus accionistas o empresas relacionadas.- Administración, representación y uso razón social: exclusivamente accionista JULIO DEL CARMEN PEÑA VIDAL, facultades señaladas pacto social. Capital: $10.000.000.-, el que se encuentra dividido en 10.000 acciones nominativas y sin valor nominal.- Duración sociedad: Indefinida.- Domicilio: Concepción, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Concepción, 17 de Noviembre de 2020.-