CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LORCA Y VELÁSQUEZ WOODFISH LIMITADA

RUT 12650509-4 CVE 1850667
Capital
$20.000 CLP

Instrumento

Notario
MARINA ELIANA CAÑAS JORQUERA
Domicilio
y Conservador de Minas Interino de Illapel

Sociedad

Capital
$20.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARINA ELIANA CAÑAS JORQUERA, abogado, Notario Público y Conservador de Minas Interino de Illapel, con oficio en calle O’Higgins Nº 128, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, don PATRICIO MANUEL LORCA ORELLANA, chileno, divorciado, comerciante, cédula nacional de identidad N° 12.650.509-4, con domicilio en calle Buin número doscientos veintiocho ciudad y comuna de Illapel; y don GABRIEL OMAR VELÁSQUEZ MUÑOZ, chileno, soltero, Ingeniero Mecánico, cédula nacional de identidad N° 18.670.099-6, con domicilio en calle San Martín número trescientos doce, Edificio Espacio Boulevard, Departamento número veintiuno, ciudad y comuna de Illapel, mayores de edad, constituyen sociedad responsabilidad limitada. Bajo la Razón social, LORCA Y VELÁSQUEZ WOODFISH LIMITADA, pudiendo también usar como nombre de fantasía, ante los Bancos y con fines comerciales y/o publicitarios, la expresión WOODFISH LTDA. El objeto será: a) Bar, restaurante, camping, centro de eventos y banquetes; b) La construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar, camping y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; c) Turismo, hoteles, cabañas y restaurantes; d) producción, elaboración, venta y distribución de cervezas artesanales y, o cualquier otra bebida alcohólicas o analcohólicas; e) La explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, cabañas, restaurantes, bares y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos; todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la presentación de espectáculos, todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro, y toda otra actividad conexa o relacionada; f) Publicidad y propaganda. El estudio, creación, planificación, desarrollo, producción y realización de campañas de publicidad y de propaganda de todo tipo; la producción, compraventa y arrendamiento de vestimentas, videos y material audiovisual, libros, folletos, películas, cintas magnéticas, discos diskettes, dibujos, mapas, planos, fotografías, pinturas, originales y reproducciones, obras de arte y toda forma actual o futura de comunicar ideas o sentimientos; todo lo que esté relacionado, de cualquiera manera, en la actualidad o en el futuro, con todo lo anterior; y cualquier otro negocio que se acordare; g) El contratar, por cuenta propia o ajena, publicidad y) o promoción en medios escritos, radiales, televisivos o cualquier otro medio de comunicación social; h) transporte y traslado de pasajeros y, o trabajadores, por cuenta propia o ajena, tomar o dar en arrendamiento vehículos motorizados en general; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; i) Todos los demás negocios relacionados con el giro. Capital social es la suma de veinte millones de pesos ($20.000.000) los que se enteran por los socios en la caja social en dinero efectivo, distribuyéndose entre éstos de la siguiente forma: a) Don Patricio Manuel Lorca Orellana, aporta la cantidad de un millón de pesos, ya enterados en caja social, y la suma de nueve millones de pesos ($9.000.000), que se enterara, en el plazo de años cinco contados desde la fecha de este instrumento, de acuerdo a los requerimiento sociales, en dinero efectivo, con lo que sus derechos son equivalentes al cincuenta por ciento del capital social b) don Gabriel Omar Velásquez Muñoz, aporta la cantidad de un millón de pesos, ya enterados en caja social, y la suma de nueve millones de pesos ($9.000.000), que se enterara, en el plazo de años cinco contados desde la fecha de este instrumento, de acuerdo a los requerimiento sociales, en dinero efectivo, con lo que sus derechos son equivalentes al cincuenta por ciento del capital social. Administración y uso razón social Gabriel Omar Velásquez Muñoz, amplias facultades, la duración de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la escritura de constitución, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado periodo, voluntad que deberá expresarse por medio de una declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del periodo que corresponda.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Illapel, 11 de noviembre de 2.020.-